Consulta complemento antigüedad
Quisiera realizarles una consulta.
Trabajo como secretaria y en la cláusula décima de mi contrato se dice que será aplicado el Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid, la fecha de mi alta fue el 28/12/2006.
A fecha de enero de 2011 he reclamado el complemento personal de antigüedad que según dicho convenio me pertenece, y que se me debería de haber pagado desde el 01.01.2010, y mi empresa me lo ha denegado, argumentando que dicho complemento tan solo se aplica a salarios determinados y que el mío es superior a convenio y que por tanto y escribo textualmente:
"Entre el complemento de antigüedad y el salario base existe homogeneidad y opera la absorción y compensación porque el complemento de antigüedad, aunque reviste carácter personal, se halla vinculado con el salario base y no con las características o el volumen de trabajo realizado. Por esta razón, el incremento del complemento de antigüedad previsto en el convenio queda neutralizado con las cantidades superiores que percibe el trabajador en concepto de salario base.
Queda bastante claro que si cobras en concepto de salario base más que lo establecido en el convenio, el complemento antigüedad queda neutralizado y se entiende incluido ya en el salario base."
Por otra parte he realizado esta misma consulta a los sindicatos C.C.O.O. Y UGT y ambos me han dicho que el complemento por antigüedad nada tiene que ver con la remuneración percibida. Y que la empresa está obligada a pagarme dicho complemento.
Finalmente hoy mi empresa me ha comunicado que efectivamente las nóminas están mal hechas y que el complemento de antigüedad tiene que reflejarse en nómina y que a partir de febrero se va a desglosar, pero que no voy a recibir incremento alguno, porque como me comunicaron el complemento de antigüedad queda absorbido por mi salario base. Lo que creo que pretenden hacer es rehacer las nóminas y restar de mi salario base la parte que corresponde al complemento de antigüedad, es decir quitar de un lado para ponerlo en otro.
Creo que esto no es legal y además esto me afectaría seriamente a un posible despido ya que la indemnización se calcula en función al salario base, a un posible paro también me afectaría y de cara a una jubilación también ya que la base reguladora se calcula con arreglo a la base de contingencias comunes.
Les agradecería mucho que me asesoren sobre este tema y que me digan lo que dice la ley a este respecto y lo que debo de hacer.
Nota importante:
Mi jefa en su nómina tiene reflejados dos cuatrienios y su salario base se incrementó como consecuencia de esto y por otra parte su salario es mucho mayor que el mío, y por supuesto superior al fijado en convenio, con lo cual el argumento que la empresa me ha dado no es de aplicación para ella.
Por otra parte no hay ninguna clausula en mi contrato que diga que cualquier mejora fijada en convenio queda absorbida por mis actuales condiciones retributivas.
Quedo a la espera de su respuesta y aprovecho para darles las
Trabajo como secretaria y en la cláusula décima de mi contrato se dice que será aplicado el Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid, la fecha de mi alta fue el 28/12/2006.
A fecha de enero de 2011 he reclamado el complemento personal de antigüedad que según dicho convenio me pertenece, y que se me debería de haber pagado desde el 01.01.2010, y mi empresa me lo ha denegado, argumentando que dicho complemento tan solo se aplica a salarios determinados y que el mío es superior a convenio y que por tanto y escribo textualmente:
"Entre el complemento de antigüedad y el salario base existe homogeneidad y opera la absorción y compensación porque el complemento de antigüedad, aunque reviste carácter personal, se halla vinculado con el salario base y no con las características o el volumen de trabajo realizado. Por esta razón, el incremento del complemento de antigüedad previsto en el convenio queda neutralizado con las cantidades superiores que percibe el trabajador en concepto de salario base.
Queda bastante claro que si cobras en concepto de salario base más que lo establecido en el convenio, el complemento antigüedad queda neutralizado y se entiende incluido ya en el salario base."
Por otra parte he realizado esta misma consulta a los sindicatos C.C.O.O. Y UGT y ambos me han dicho que el complemento por antigüedad nada tiene que ver con la remuneración percibida. Y que la empresa está obligada a pagarme dicho complemento.
Finalmente hoy mi empresa me ha comunicado que efectivamente las nóminas están mal hechas y que el complemento de antigüedad tiene que reflejarse en nómina y que a partir de febrero se va a desglosar, pero que no voy a recibir incremento alguno, porque como me comunicaron el complemento de antigüedad queda absorbido por mi salario base. Lo que creo que pretenden hacer es rehacer las nóminas y restar de mi salario base la parte que corresponde al complemento de antigüedad, es decir quitar de un lado para ponerlo en otro.
Creo que esto no es legal y además esto me afectaría seriamente a un posible despido ya que la indemnización se calcula en función al salario base, a un posible paro también me afectaría y de cara a una jubilación también ya que la base reguladora se calcula con arreglo a la base de contingencias comunes.
Les agradecería mucho que me asesoren sobre este tema y que me digan lo que dice la ley a este respecto y lo que debo de hacer.
Nota importante:
Mi jefa en su nómina tiene reflejados dos cuatrienios y su salario base se incrementó como consecuencia de esto y por otra parte su salario es mucho mayor que el mío, y por supuesto superior al fijado en convenio, con lo cual el argumento que la empresa me ha dado no es de aplicación para ella.
Por otra parte no hay ninguna clausula en mi contrato que diga que cualquier mejora fijada en convenio queda absorbida por mis actuales condiciones retributivas.
Quedo a la espera de su respuesta y aprovecho para darles las
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Respuesta de juansantamar
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