Legalidad

Hola, trabajo en una empresa de mantenimiento en Murcia y tengo un contrato de 40 h semanales de lunes a domingo. Normalmente echábamos 8 horas diarias y los fines de semana eran horas extras. Ahora con la crisis lo que nos hacen es que por ejemplo no voy a trabajar lunes y martes pero si trabajo sábado y domingo. ¿Es legal? (De esta manera ya no cobramos horas extra), luego ahí semanas que me dan 2 días libres a mitad de semana sin recuperar en esa semana y dice mi jefe que esas horas se las debemos y se las tenemos que devolver la semana siguiente, etc. ¿Es legal? Siempre esta diciéndonos que como tenemos el contrato de lunes a domingo... Yo pertenezco al convenio del metal en Murcia y soy oficial de 1ª en mantenimiento. Gracias por su ayuda.

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Puedes trabajar de lunes a domingo si así lo permite tu convenio colectivo, la jornada puede ser irregular, pero esto no impide que en tu caso la empresa esté cometiendo alguna irregularidad.
Se debe partir por establecer una semana regular a lo largo del año, o al menos publicar el calendario laboral a principio de año ajustado a la jornada máxima anual del convenio colectivo, de esta forma aunque semanalmente se cambien los días de trabajo todas aquellas horas que se trabajen por encima de la jornada pactada semanal se considerarían horas extraordinarias, la empresa no tendría potestad de compensar unas semanas con otras porque es la empresa, y no el trabajador, la que debe asumir el riesgo de la actividad.
No será obligatorio el preaviso de la distribución irregular de la semana de trabajo salvo que esté pactado por convenio, pero semanalmente debe respetarse el descanso mínimo semanal de al menos día y medio continuado, y las horas de trabajo semanal por encima de la media de convenio colectivo serían horas extraordinarias y se deberían abonar como tal.

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