Horas de lactancia

Me gustaría saber cuantas horas de lactancia acumuladas me corrresponden.Soy veterinaria y no tenemos convenio. Estoy con reducción de jornada y de media al día me sale 3.525h de trabajo.Se cuenta 1h o media hasta que el niño tiene 9 meses, ya que por lo que he leído y me he estado informando, la ley no lo especifica claramente. Gracias

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Le remito al Articulo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores:
Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos.
4. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.
La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla.
Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen.
Espero haberla ayudado,
saludos.
La ley ya la he leído, el problema es que no aclara si al juntar las horas de lactancia me correspondería 1 o media para hacer el calculo total. Parece que hay bastantes lagunas a este respecto y cada uno lo interpreta a su modo.Si lo hago calculando con 1h me sale una barbaridad por las pocas horas que trabajo.Y otra cosa, ¿se pueden negar a que me junte luego las vacaciones?(En caso de que acepten primero las horas de lactancia). También he leído consultando información que me ha remitido una gestoría, que en prematuros el calculo hasta los 9meses se tiene en cuenta a partir de la semana 40, ¿sabe alg al respecto?y, en ese caso, ¿dónde figura? Gracias
Como usted bien dice, las lagunas en nuestro ordenamiento jurídico son diversas y este es un claro ejemplo, pero para eso existe la jurisprudencia de nuestro Tribunal supremo, que en este caso nos dice que para los contratos a tiempo parcial, el disfrute del permiso de lactancia es el mismo que para los contratos a tiempo completo.
Respecto a si le pertenece 1 hora o media hora para hacer el cálculo sería:
a).- Si opta por la opción de coger 1 hora diaria podrá disfrutar de una hora de continuo o dividir esa hora en dos fracciones.
b).- Si por el contrario opta por la opción de coger la reducción de su jornada en media hora podrá realizarlo sin más o negociar con su empresario que esta media hora se vaya acumulando (realizando por tanto su jornada laboral completa) hasta convertirse en días completos, es decir, que cada 8 días de trabajo tendría un día completo para atender a su hijo.
Espero haberla ayudado,
saludos.
De las vacaciones no me comenta nada, además tengo días del año pasado sin disfrutar porque me los guardaba para navidad pero me dieron la baja por alto riesgo en el trabajo en octubre y claro, ¿ya no he vuelto.Las puedo disfrutar este año o se pueden negar a que las coja después de la lactancia? Como siga acumulando horas, creo que acabarán por despedirme...
Siempre y cuando no se exceda del año devengado usted podrá disfrtar de sus vacaciones.
Respecto a los días del año anterior puede hablarlo con la empresa, si se niegan podríasn reclamarse vía judicial, ahora depende de usted si le interesa ir a juicio o no, eso dependerá de la cantidad de días de vacaciones que le queden.

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