Bonificación seguros sociales

Buenos días, en principio gracias por atender mi duda y agradecer su tiempo. Mi consulta es la siguiente. Una trabajadora que se reincorpora a su puesto de trabajo tras una baja por maternidad tiene una bonificación en los seguros sociales de 100 euros (reincorporación a su puesto tras baja maternal). Este mes la trabajadora ha solicitado un reducción de jornada por cuidado de un menor. Antes su jornada era el 100% de la jornada y ahora es el 87.50% de la jornada. Mi pregunta es ¿Esta bonificación también será del 87,50% (87,50 euros) o por el contrario será igual de 100 euros?
Muchas gracias por su tiempo y un saludo.

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La bonificación dependerá de la jornada trabajada ya que es una bonificación lineal y no porcentual, en función del art. 2.7 de la ley 43/2006, BOE 30 de diciembre.
He buscado la ley pero no me queda claro. No entiendo esto que pone "se le sumaran 30 puntos porcentuales" Me puedes decir si la bonificación sera de 100 euros de de 87,50 y si no son estas cifras ¿cómo se calcula?
Yo lo que entiendo es si ahora hace el 87.50% jornada le suma 30 puntos sería 117.50% como supera el 100% le dejo la bonificación que tiene 100 €
Si la jornada de reducción fuera del 50% le sumaria 30 y seria 80% con lo cual la bonificación sería del 80% (ya que no supera el 100%)
"En todos los casos mencionados en este artículo, con excepción de los previstos en el apartado 3, cuando el contrato indefinido o temporal sea a tiempo parcial, la bonificación resultará de aplicar a las previstas en cada caso un porcentaje igual al de la jornada pactada en el contrato al que se le sumarán 30 puntos porcentuales, sin que en ningún caso pueda superar el 100 % de la cuantía prevista."
¿Es así?
Gracias
Si, así sería, como el incremento de 30 puntos porcentuales en este caso concreto supera el 100% la bonificación sería de 100 euros al mes (los 1200 anuales establecidos para este tipo de bonificación).

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