Baja maternidad

Estoy de baja por maternidad desde el 24 de enero y ahora en el mes de mayo, en la empresa en la que trabajo, hay una paga extraordinaria, ¿tengo derecho a cobrarla?

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Difícil pregunta, la norma estipula que no ya que para abonarle su salario se tiene en cuenta su base de cotización y en ella ya esta prorrateadas las pagas, luego le correspondería una parte menor de ella, que dependerá de que la paga sea anual, trimestral o semestral. La costumbre es que se paguen íntegramente si bien como le he dicho la empresa podría disminuir su importe legalmente.

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