Te envío los principales plazos de comunicación a la seguridad social tanto en el RG como en el de Autónomos. Régimen General de la Seguridad Social: Acción plazos Alta trabajador: Antes de comenzar a trabajar. Si es por el sistema Red no hay problema, si trabaja Vd. en papel, y la oficina de la Seguridad Social está cerrada, debe enviar un fax a la misma, con el DNI del trabajador, y datos de su empresa y fecha y hora de inicio del trabajo. Baja del trabajador: 6 días desde la fecha de baja. Modificaciones en los datos del alta: 6 días desde la variación en los mismos. Alta de empresa (inscripción): El mismo que el del alta de trabajadores, pues para conseguir el número patronal de la empresa, necesitamos dar de alta a un trabajador. Presentación de parte de baja por enfermedad en la Mutua: 15 días Presentación de parte de accidente de trabajo con baja médica en la Mutua: 5 días Presentación de parte de accidente de trabajo sin baja médica en la Mutua: Mes siguiente al accidente (1 parte por empresa). Régimen de autónomos: Acción plazos Alta en seguridad social: 30 días desde el inicio de actividad. Baja en seguridad social: 6 días desde la fecha de baja Baja por enfermedad :15 días, hay que presentar una declaración de actividad indicando quien se queda al frente del negocio o si cerramos el mismo. Un saludo. Ah! Y recordarte que nuestro trabajo unicamente se recompensa con la puntuación que nos dais.
En todos los casos los días son naturales, el plazo contando festivos.