Despido procedente por faltar dinero en la caja

hola mi pregunta es que si mi trabajadora cuando hace la caja todos los días le falta o le sobra dinero que tengo que hacer'? Se le puede despedir dime que puedo hacer.

también me gustaría saber con cuanto tiempo le tengo que avisar y si puedo cambiarle el horario ella trabaja 20 horas semanales por la tarde y le quiero poner 2 por la mañana y 2 por la tarde, ella vive al lado del trabajo 2 minutos andando vive con su madre no tiene hijos ni marido.

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Si a la empleada cuando hace la caja todos los días le falta o le sobra dinero es debido a un error involuntario, como mucho la podrías sancionar con una falta leve por realizar la contabilidad indebidamente, pero si al realizar la contabilidad diaria la falta dinero es habitual podrías despedirla por incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del trabajador/dora) o lo que es lo mismo despido disciplinario sin derecho a indemnización pero con derecho al finiquito.. En cuanto a lo de la modificación del horario de trabajo al ser una modificación de las condiciones de trabajo, tendrías derecho a cambiar el horario de trabajo siempre que dicha modificación tenga una causa justificada Tienes que tener en cuenta que cuando un empresario decida cambiar la jornada, el horario, bajar el sueldo o trasladar a otra ciudad a un empleado, este tendrá que aceptar la decisión. Si no lo hace, la opción que le queda es pedir la rescisión del contrato y recibir por ello la indemnización por despido más barata: 20 días de indemnización con un límite máximo de 9 o 12 mensualidades, según los casos. Luego el trabajador podrá recurrir ante los tribunales, pero esto no detendrá la decisión del empresario, según la reforma laboral. En caso de que el juez considere que la decisión no estaba justificada, el trabajador podrá regresar a su puesto de trabajo en las condiciones que tenía antes de el cambio de horario .. Para tomar la decisión de cambiar horario, jornada o trasladar trabajadores, tanto de forma individual como colectiva, será necesario que el empresario la justifique. Para esto, tendrá que señalar causas técnicas, productivas o económicas. En este último caso, la reforma ha definido que dos trimestres consecutivos de caída de ingresos en una empresa servirán como causa económica. Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios,
entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la
empresa pretende colocar en el mercado.. por lo tanto si tienes la necesidad de cambiar el horario de trabajo pr

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