Limite horas nocturnas
Hola!
Según el art.36 del ET "La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días". La pregunta es, dado que en ese periodo de 15 días debe de haber a menos tres de descanso, ¿la jornada máxima son 120h (es decir, 8horasx15días) o 96h (8x12)?
Muchas gracias por su ayuda.
Mackno
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Respuesta de manoiri
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