¿Cómo se considera una baja it sucedida en el embarazo, después del permiso maternal?
Mi mujer en la semana 33 de embarazo tuvo que darse de baja por un problema ocular - neurológico de cierta importancia, cuyos efectos todavía perduran después del parto. La baja sin embargo no fue considerada como riesgo en el embarazo en su momento, y por tanto fue una baja normal con incidencia evidente en el sueldo. Ella es funcionaria de carrera y está adscrita a MUFACE. Con toda seguridad después del permiso maternal de 16 semanas volverá a darse de baja porque los efectos de su dolencia continuaran durante un tiempo. ¿se considerará esta baja como continuación de la anterior y por tanto sin los efectos económicos de los primeros días de baja?
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Respuesta de josbian
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