Por motivos de cambio de sede de la empresa, me gustaría saber si tengo derecho a la rescisión de contrato percibiendo la compensación de los 20 días por año que marca el estatuto de los trabajadores, y en caso de tener que llegar a juicio que posibilidades habría de ganarlo
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Respuesta de laboralia
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laboralia, FORMACION Nivel de estudios Diplomado en Relaciones Laborales (U
El articulo al que haces referencia es el 40, este articulo deja claro que se deberán dar dos circunstancias para esta indemnización, son: 1º-Que el trabajador no haya sido contratado para centros de trabajado móviles o itinerantes. 2º-Que exija el cambio de residencia por este motivo. Este punto es muy importante, ya que no solamente es un cambio de residencia, sino que este deberá ser obligado para que el trabajador pueda seguir prestando sus servicios en la empresa, no por el hecho de cambiar de domicilio tu empresa tienes que cambiar tú el tuyo, la jurisprudencia es la que marcará la distancia o el ámbito territorial que se considerará válido para considerarse acogido a este articulo. Además; 3º-Tanto si es un traslado individual como colectivo tienes la opción de, una vez notificada la decisión de traslado, de percibir una compensación por los gastos o la extinción del contrato percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades. Como ves no es necesario llegar a los tribunales y las posibilidades son todas, en principio si el traslado se lleva por estos cauces legales deberán poner a tu disposición tal indemnización cuando decidas sobre el traslado. Aun así y como siempre recomiendo, ponte en manos de un profesional que evalúe y analice tu caso cara a cara y con una comunicación fluida que termine por convencerte de tus posibilidades. Cuanto antes mejor, de forma que el día que te den la carta te puedas poner en contacto con él de inmediato y te asesore en el acto sobre tus actuaciones. Espero que te valga para aclarar tus dudas y poder tomar una buena decisión, si necesitas de mis conocimientos ya sabes que debes hacer, sino finaliza la pregunta y votale, incluso puedes agrgarme como uno de tus expertos favoritos.