Indemnización

Hola, me gustaría saber dos cosas:
1. ¿Qué indemnización le corresponde a un trabajar que va a ser despedido con un contrato 130 indefinido a minusválidos >45 años?
2. Cuando un contrato temporal se termina y es el trabajador el que decide no renovarlo, ¿no tiene derecho a la indemnización de 8 días por año trabajado?, ¿Sólo es cuando sea el empresario el que decide no renovar?
Muchas gracias

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La indemnización se calculará con arreglo a la siguiente fórmula:
Indem. = Nº días(dependiendo del tipo de despido) por Salario diario por Año trabajado
El nº días será:
- 45 en caso de despido improcedente
- 33 en caso de despido objetivo se fuera declarado improcedente y el contrato sea un contrato indefinido incentivado. Este contrato es indefinido incentivado pero habría que saber si el despido es objetivo (Por Ineptitud del trabajador, Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas en su puesto de trabajo, Amortización de puestos de trabajo, Faltas de asistencia al trabajo,)
O no y habría que ir a juicio para que un juez lo declare improcedente.
Respecto al contrato de temporal la ley dice claramente que "el contrato se extinguirá previa denuncia de cualquiera de las partes, por la experiracion del tiempo convenido o por la realización de la obra o servicio."
Es decir que en los contratos de duración determinada esa duración es la que determina la finalización del contrato y no el hecho de que no se quiera renovar. Así que aunque el trabajador no quiera renovar se tiene derecho a la indemnización legal y en caso de que te la nieguen se puede reclamar por la vía legal.
Muchas gracias. Ha sido de gran ayuda
Si lo vais a despedir improcedentemente, lo podéis despedir cuando queráis, y efectivamente sera un despido improcedente sin más con 45 días de salario de indemnización por año trabajado.

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