Puedo demandar después
El día 23 de abril hago 1 año con la empresa donde estoy trabajando, se me a hecho dos contratos de seis meses, mi contrato es de seis horas diarias de lunes a viernes, pero hago 10 horas diarias o mas, nos obligan nos dicen que esas horas son a compensar pero nunca se compensan, de un año que llevo tengo ya 1500 horas a compensar demostrables en disco tacógrafo del camión, ahora me dicen que me tienen que mandar 15 días al paro y que después me llaman otra vez,
Mi pregunta es la siguiente, si pasan los quince días y no me llaman puedo demandarles por las horas que tengo, o tengo que demandar estando trabajando, por que me comentan que antes tenias un año para demandar pero ahora no, ahora si quieres demandar tienes que hacerlo un día antes de que se te cumpla el contrato, como esta eso