Se puede reanudar el paro si llevas tiempo trabajando a media jornada

Me quede al paro hace cuatro años y me correspondía una prestación por dieciocho meses de los cuales gaste diez porque empece a trabajar a media jornada y no lo compatibilice. Sigo trabajando en el mismo sitio y con el mismo contrato y quisiera saber si es posible cobrar esos meses.

1 respuesta

Respuesta
1

Para poder reanudar la prestación por desempleo, antes de comenzar a trabajar hay que comunicar que se va a empezar a trabajar en la oficina del SEPE que corresponda para que se interrumpa el pago de la prestación que se este percibiendo, una vez interrumpida la prestación esta ya no se puede reanudar hasta que finalice el contrato de trabajo o se produzca el despido a instancias de la empresa y si las cotizaciones del o los últimos contratos de trabajo no llegan a los 360 días entones se puede solicitar la reanudación de la prestación anterior por la misma cuantía que se tenia antes de empezar trabajar y por el tiempo que falte por consumir pero si el o loas últimos contratos de trabajo duran 360 días o mas se puede optar entre reanudar la `prestación anterior, o iniciar una nueva prestación por las cotizaciones generadas con el o los últimos contratos de trabajo y cuya cuantía se vería mermada en proporción a la parcialidad de la jornada de trabajo de los últimos 180 días de forma que si el promedio de la jornada en ese tiempo a sido del 50% los topes máximos y los miniamos también se reducen en el mismo porcentaje, pero al elegir entre las dos prestaciones la que se queda fuera de la elección se pierde para siempre ya que no se puede reservar para futuras prestaciones.. Por lo tanto hasta que no finalices el contrato de trabajo o te despidan no podrás reanudar la prestación anterior o iniciar otra nueva dependiendo de las cotizaciones generadas a posteriori porque al no solicitar la compatibilidad de la prestación con el trabajo a tiempo parcial dentro de los 15 días siguientes al del inicio del ultimo trabajo si se solicita fuera de plazo por cada día de retraso respecto al plazo de 15 días se descuenta un día de la prestación de forma que ya no te quedarían días por descontar de forma que lo mejor es que esperes a finalizar el contrato de trabajo y luego decidas si optar por una u otra prestación según las cotizaciones generadas con el o los últimos contratos de trabajo.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas