Reduccion de jornada

Hola buenas tardes, os expongo mi caso: en mayo viene mi jefe y me dice que me tiene que reducir la jornada, que hay poco trabajo y que tenga en cuenta que si me voy o me hecha no encuentre nada y que si me tiene que despedir me tiene que dar muy poco debido a las reformas laborales del gobierno... Tengo que decir que llevo 4 años en la empresa y que me he enterado que posiblemente me correspondan 45 dias de indemnizacion en vez de 20, pero bueno el me prometio que cuando mis compañeros se cogieran vacaciones y bajas me iba a dar horas extra y no iba a notar el cambio, y ahora resulta que no me ha dado ni una hora extra, y queria saber si puedo denunciar la conversion de jornada completa a media jornada ya que me he visto seriamente engañado ya que no ha cumplido su palabra, y digamos que se a aprovechado de mi, de mi ignorancia de no estar bien informado.

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El empresario no puede modificar las condiciones del contrato de trabajo a su antojo, al contrario cuando el empresario incumple lo acordado en el contrato de trabajo, se le puede demandar por ese motivo, ante el SMAC, porque para reducir la jornada de trabajo por causas de producción o económicas tiene que notificarlo al comité de empresa y demostrar que efectivamente la situación requiere una molificación de la jornada de trabajo, y las autoridades laborales decidirán si es cierto o no pero lo que no puede hacer la empresa es reducir la jornada laboral de la noche a la mañana sin contar con nadie, por lo tanto deberías informarte en el SMAC sobre la posibilidad de denunciar a la empresa por esa situación y allí te indicaran los pasos que tienes que dar, pero también te puedes informar.. En el enlace de abajo..
Muchas gracias por contestar no se si se me ha olvidado mencionar que ya firme la reducción en mayo, y en mi empresa no hay ni delegado sindical, es un telepizza. Me pillo de sorpresa y con todo lo que me dijo lo vi todo negro y firme siempre y cuando me pusiera las horas extra, pero ahora veo que ni horas extra ni nada parecido, entonces no se si todavía puedo reclamar mi jornada completa y de paso reclamar los últimos 3 salarios que he cobrado a media jornada, porque me siento manipulado con todo lo que dijo de que no iba a encontrar trabajo y que para lo que me tenia que dar de indemnización era mejor quedarme ademas de darme todas las horas extra posibles (a día de hoy ni una hora). ¿Se podría reclamar por vía judicial? ¿Inspección de trabajo? ¿O podría yo rescindir mi contrato por modificar las condiciones de trabajo?
Muchas gracias de antemano por la ayuda
Si eres tu el que rescinde unilateralmente el contrato de trabajo sin mediar una resolución judicial, esa acción se entenderá como un cese voluntario y por lo tanto no tendrás derecho a la indemnización que te correspondería si la extinción del contrato de trabajo fuese por resolución judicial o por haber llegado las partes a un acuerdo en un acto de conciliación.. Mira en una situación como la tuya lo más aconsejable es por una parte poner en conocimiento de la inspección de trabajo tu situación con la empresa para que hagan un seguimiento de las condiciones en las que estáis trabajando en esa empresa, y por otra al SMAC para que busque una solución, entre las partes litigantes, amistosamente y si no hay acuerdo entonces tendrá que ser el juez de lo social el que decida, pero mientras no se llegue a un acuerdo mediante un acto de conciliación o por una resolución judicial la que resuelva el litigio entre un trabajador y el empresario, el trabajador nunca debe de dar por finalizado el contrato de trabajo o marcharse de la empresa una decisión exclusivamente de el porque perdería todos sus derechos.. pero el que tiene que tomar la decisión de llevar adelante la demanda contra la empresa eres tu a no ser que quieras esperar por si lo puedes solucionar amistosamente, pero mi consejo es que si tu jefe sigue igual y dejándote dinero sin pagar no te lo pienses dos veces y y demandes a la empresa.. Animo y buena suerte..
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Cuando la empresa pueda demostrar que existen razones económicas, técnicas, organiztivas o de producción estará autorizada a modificar la jornada laboral, los horarios, el sistema de remuneración, el sistema de trabajo, etc.
Te lo pongo en negrita para que sepas que lo tiene que demostrar.
Ahora bien; tu tienes tres opciones
1- Aceptar la modificación
2-Recurrir ante el Juzgado de los Social, quién declarará la modificación justificada o injustificas. Si declara que la modificación es injustificada, no podrá efectuarte las modificaciones. Si declara que es justificada, tienes que aceptarlas.
3- Rescindir tu contrato porque consideres que has salido perjudicado con el cambio (menor liquidez), en cuyo caso tendrás derecho a una indemnización de 20 días de salario por años trabajado hasta un máximo de 9 mensualidades:
POR tu salario diario * 20 días * 4 años ; como máximo 9 mensualidades * POR lo que ganes al mes.
Para que te correspondan 45 días tendrías que extinguir tú el contrato de trabajo alegando incumplimiento graves por parte del empresario, como las modificaciones sustanciales que comentas, a no ser que el demuestre que no tiene más remedio que realizar esas modificaciones, no se si me he explicado bien.
Si extingue el contrato el empresario, existen dos clases de despido:
Por causas objetivas o despido disciplinario, en ambos casos la sentencia puede ser nula ( el trabajador tiene que ser readmitido y se le abonarán los salarios de tramitación); procedente (una mano delante y otra detrás); improcedente ( o te readmite o te despide, si te despide te corresponderían tus 45 días de salario por año trabajado con un máximo de 42 mensulidades).
Todo esto para que tengas claro, las opciones que tienes.
En cuanto a la reforma laboral que tanto menciona tu jefe para meterte miedo, la Ley 35/2010 de 17 de septiembre, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo (BOE de 18 de septiembre de 2010) en cuanto a las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo Art. 41: " la dirección de la empresa, cuando existan probadas razones económicas tal y cual podrá cambiar: jornada laboral, horario y distribución del tiempo de trabajo (lo negrito es lo nuevo). Se entenderá que concurren las causas a que se refiere este artículo cuando la adopción de las medidas propuestas contribuyan a prevenir una evolución negativa de la empresa (más el antiguo párrafo a mejorar la situación y perspectivas de la misma a través...).
Lo que ha cambiado un poco es en cuanto a las modificaciones sustanciales de carácter colectivo antes era un periodo de consulta con los representantes legales de 30 días ahora es de 15 días y si no se tiene representación se puede optar a elegirl medinte 3 trabajadores, en un periodo de 5 días... en fin afecta más los periodos de consulta entre representantes de trabajadores y empresarios.
Tu jefe me ha tocado las narices.
¿Qué es eso de que no vas ha encontrar nada? ¿Qué te tiene que dar muy poco? ¿Qué si la nueva reforma tal...?
Vaya birria de jefe, ¿Sabes qué le pasa?, que está cagado y el agua lejos por la que se le viene encima y pretende ahorrar gastos con vuestro miedo.
¿Qué tipo de contrato tienes? ¿Indefinido tal vez?
Besos.
No se si me he expresado mal o no lo he dicho pero la reducción la firme el 15 de mayo confiando en su palabra, asique llevo desde mayo cobrando la media jornada... con lo de no encontrar trabajo lo dice porque vivo en una ciudad de 85.000 hab. y bueno aquí si no tienes enchufe..., aunque si buscas encuentras claro esta ademas con 24 años creo que es buena edad para encontrar algo, trabajo en un telepizza de subencargado y bueno antes con la jornada completa era el único subencargado que no cobraba incentivos es decir el que menos cobraba, aunque bueno tampoco esta obligado por convenio, ¿también decirte que la tienda va a cumplir 2 años abierta y creo que tienen que ser 2 años de perdidas para poder hacerme un despido objetivo verdad?
En fin que me pillo todo esto por sorpresa y firme confiando en las horas extra... y al final veo que me despide por la mitad y cobrare menos paro que si lo hubiera hecho en mayo. No se si se puede recurrir de alguna manera o reclamar vía judicial reclamando la diferencia de salarios de los tres últimos meses, ¿por qué a día de hoy con este sueldo no puedo vivir... en otro hipotético caso podría yo rescindir mi contrato y tener los 20 días por año trabajado?
Si la verdad que esta cagado porque esperaba más ingresos en la tienda mientras el esta con su familia en su casa de la moraleja y bueno porque hubieran sido 6840€ si era improcedente. También mecionar que en la misma ciudad tiene otro telepizza que funciona mejor que en el que estoy yo. Muchas gracias de antemano por la ayuda, porque ahora mismo me hace falta una solución con urgencia por ser ingenuo.
Siento decirte que si firmaste la reducción de jornada no tienes nada que hacer, porque tu firmaste sin coacción y aunque el te prometiera horas extras, las palabras se las lleva el viento y tu puedes decir blanco y el negro ante un juez y sería tu palabra contra la suya.
Si te realiza un despido objetivo, que sepas de antelación por lo menos, que te corresponden 20 días por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades, te tiene que dar un preaviso de 15 dis y durante esos 15 días tienes derecho una licencia de 6 horas semanales para buscar un nuevo empleo.
Consejos:
Cuando recibas la carta de despido firmalá " no conforme" y pones la fecha en la que la recibes de su mano, por si no te da preaviso, tener las espaldas cubiertas.
Si te dice verbalmente mañana no vengas o lo que sea, buscate un testigo que afirme que tu no estás abandonando tu puesto de trabajo y que te están impidiendo incorporarte al trabajo.
Dispones de 20 días hábiles para impugnar el despido, contando desde la misma fecha del día del despido sin incluir sábados, domingos y festivos (días inhábiles).
Si te dan el finiquito, también debes firmarlo "no conforme" y poner el día en el que te lo dan.
Si al escribir no conforme te amenazan diciéndote que no te dan el finiquito o el salario, simplemente pones " no conforme, no percibo las cantidades consignadas".
Cuando a mi me dicen quieres un kilo de arroz les hago contar hasta los granos por si acaso, es mejor pecar de desconfiado.
No te mortifiques que se aprende a base de palos y nadie nace sabiéndolo todo.
Lo que si te digo para un futuro, es que siempre tengas en mente, que el empresario crea la empresa para mirar por su bolsillo, y tu tienes que mirar el tuyo, no te fíes nunca de lo verbal, siempre las cosas por escrito, si tienes que notificar algo, es mejor un burofax con acuse de recibo que una carta simple, si tienes que llevar algún escrito a algún organismo oficial siempre por duplicado que te lo sellen los dos: uno para ti y otro para ellos, en fin... me da pena que te halla pasado esto, pero ya verás que no te la vuelven a meter doblada, seguro.
Besos.
Muchas por tu respuesta, y por el interés mostrado, tomare en cuenta tus consejos para la próxima y si por desgracia así se aprende a base de palos, y muchas gracias de verdad.
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¿Firmaste un nuevo contrato cuando te redujeron la jornada, o fue un experdiente de regulación de reducción de jornada?
Firme como una conversión a media jornada, si un nuevo contrato
Si firmaste diste tu consentimiento, por lo que ahora tienes un contrato nuevo y la antigüedad es la del nuevo contrato.
No debías haberlo hecho.
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Lo único que puedes hacer es poner denuncia en inspección de trabajo

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