Solo por los años que se cotizan como trabajador por cuenta ajena se tiene derecho a paro, pero dado que tu cotización por cuenta ajena finalizó en 1995 y para tener derecho a paro se mira lo cotizado por desempleo en los últimos 6 años, no tendrías derecho ya que hablamos de cotizaciones por desempleo que se hicieron hace 18 años.
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