¿Cuándo hay que coger los días de permiso por hospitalización de familiar?

Mi pregunta es cuando hay que coger los días de permiso por hospitalización de familiar. Mi convenio es el de la recuperación de residuos y no viene nada al respecto, se rige en esta materia por lo que viene en el E.T.

En mi empresa, dicen que tiene que ser dos días naturales inmediatamente al producirse el hecho del ingreso del familiar, por lo que me gustaría saber si esos días se pueden coger no inmediatamente después sino durante el ingreso del familiar para rotarse la familia.

Necesitaría jurisprudencia al respecto que avalase en caso de poder disfrutar durante el periodo del ingreso.

Mencionar que trabajo en castilla y león.

1 Respuesta

Respuesta

Como has comentado, el convenio no recoge ninguna ampliación de derechos, por lo que habría que recurrir al art. 37.3 del ET, es decir, 2 días naturales (4 si es con desplazamiento). Se cuentan desde el día de ingreso.

¿seguro que no hay jurisprudencia al respecto?

No sé si llego a tiempo para responderte. Disculpas en todo caso. Efectivamente, la jurisprudencia en estos casos siempre suele interpretar ampliamente estos permisos si hay causa evidente. Con lo que en tu caso no sería difícil demostrarlo, ahora bien, no se sí te compensará acudir a la justicia para reclamar esto...

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas