Puedo solicitar el desempleo con despido disciplinario?

En primer lugar quería darle las gracias por tu gran aclaración, me ha servido de gran ayuda, vuestro trabajo de forma altruista y voluntaria significa mucho para gente con ciertas necesidades como yo, aunque si no es mucha molestia todavía me ha quedado una duda. El despido disciplinario que me van a poner en mi carta de despido es un despido en el que alegan que yode forma voluntaria y continuada he ido reduciendo mi rendimiento profesional sin causa justificada, y que me han requerido para mejorarlo y yo me he mantenido en la misma actitud... ¿con esta carta de despido podría cobrar el desempleo? Es que como bien tu me has comentado que si de todas formas me va a indemnizar la empresa aparte con el importe de un despido improcedente de forma de acuerdo administrativo entre la empresa y yo, es una tontería denunciarles por que todo el proceso que acarrea puede ser un tanto duradero, y no me interesa, total parara llevarme lo mismo. ¿Resumiendo qué en el caso que si yo firmara ese tipo de despido disciplinario y me dan esa indemnización aparte de forma de acuerdo tendría derecho al paro? Me podrían alegar en el paro que yo me he cogido la baja para que la empresa me despidiera de esta forma y después pactar un acuerdo por detrás para poder cobrar el paro, no se tengo mis dudas, ¿crees qué cobraría el paro si firmara ese despido?

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La comunicación de despido por parte del empresario es suficiente para acreditar la situación legal de desempleo en una solicitud de prestaciones por desempleo, sin necesidad de presentar demanda frente a la decisión empresarial ante el Juzgado de lo Social y sin que sea necesario que el despido sea calificado como procedente, improcedente o nulo por resolución judicial. Esto no impide que puedas, simultáneamente, reclamar frente al despido si lo consideras oportuno. La situación legal de desempleo se acreditará con la carta de despido y el Certificado de Empresa, donde conste el despido como motivo de cese. Por lo tanto, el despido disciplinario, desde la aprobación del Decreto 45/2002 de Medidas Urgentes para la Reforma de la Situación de Desempleo y Mejora
de la ocupabilidad, da derecho inmediato a percibir la prestación por desempleo.Un saludo y buena suerte..

http://www.comfia.net/bbva/condiciones_nw/exrellab.htm

Gracias de nuevo por tu aclaración Josbian, me has servido de mucha ayuda, se nota que entiendes bastante de estos temas, por lo que me da cierta seguridad, Muchas gracias y un Saludo!

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