Prestación de desempleo tras un ERE

Paso a exponerle mi pregunta, trabajo en una empresa en la que estamos dos trabajadores, por motivos económicos la empresa nos ha propuesto hacer un ERE de tres meses a uno, contratarlo de nuevo y luego otro de otros tres meses al otro, hasta tanto ver si la cosa mejora un poco, según tengo entendido, si finalmente tuviese que despedirnos, el tiempo que hemos estado en el ERE no superando los 180 días, no nos lo descontarían del tiempo que nos pertenezca de desempleo que serian 24 meses, pues ambos llevamos 23 años en la empresa, la duda es, si el que fuese primero al ERE y después se incorporase al trabajo y al cabo de cuatro o cinco meses fuese despedido, ¿perdería el tiempo cobrado durante el ERE, o le reconocerían los 24 meses que tenían antes del ERE?.
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Lo primero aclararte una cosa, si es un ERE de extinción te tienen que indemnizar. Te irás al paro, y luego veremos si te contratan otra vez, porque la empresa no tiene obligación. En este caso no tienes ninguna recuperación de desempleo.

Si es una ERE temporal de 3 meses no tienen que contratarte de nuevo, simplemente te reincorporas a tu puesto de trabajo ya que el contrato es el mismo, lo único que durante 3 meses está suspendido. En este caso si recuperas el paro gastado si finalmente te despiden.

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