Ni me readmiten ni me indemnizan

Buenos días. El tema es el siguiente después de el acto de conciliación que no se presento la parte demandada y después del juicio que tampoco se presentaron, la jueza dicto sentencia y condenan a mi empresa a indemnizarme o reincorporarme. ¿La sentencia salio el día 4 de octubre y todavía no he obtenido respuesta... No se ni siquiera si han recibido la notificación o que?, se que la oficina donde se "mandaron" los papeles en este momento ya no existe. ¿Quien me dice a mi que no han recibido nada de nada.? ¿Qué debo hacer?
Lo digo por que después de que saliese la sentencia yo me entere de que la oficina donde tenían que ir los papeles que estaba en valladolid ya no existen, se trasladaron a otra calle de valladolid.y en madrid tienen la oficina general.
¿Quién es el encargado de "notificar las sentencias"?
Gracias

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El secretario judicial en el plazo de 5 días, puede realizarlo personalmente en el juzgado si acuden las dos partes, o bien, en el domicilio de la persona o el que designó a efectos legales.
Por correo certificado con acuse de recibo, dando fe el secretario en los autos del contenido del sobre remitido y uniéndose a ellos el acuse de recibo. En el documento de acuse de recibo se hará constar la fecha de la entrega, y será firmado por el funcionario de Correos y el receptor. En el caso de que éste no fuera el interesado se consignará su nombre, documento de identificación, domicilio y su relación con el destinatario.
De forma subsidiaria, es decir, una vez agotadas todas las posibilidades, se realizara por medio de edictos.
Si hubo procurador, se le notifica al procurador.

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