Baja por operación

hola me van a operar con baja laboral en la nomina notare algún descuento o no gracias un saludo.

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La cuantía de lo que se cobra en situación de incapacidad temporal por contingencias comúnes es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 o 28, 29 si tiene salario diario). En caso de enfermedad común y accidente no laboral:Loas tres primeros días están exentos de pago:
60% desde el día 4 hasta el 20 inclusive.
75% desde el día 21 en adelante.
En caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional:
75% desde el día en que se produzca el nacimiento del derecho. Pero tienes que informarte sobre lo que establece tu convenio sobre el periodo de incapacidad porque en el convenio colectivo de muchas empresas se aplica desde el primer día de incapacidad un complemento para igualar la cuantía de la incapacidad hasta el 100% de la base reguladora del mes anterior al de la baja medica de forma que si en el convenio se reconoce dicho complemento se cobraría el 100% a partir del inicio de la incapacidad y si no hay nada establecido cobrarías la cuantía indicada mas arriba.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo.

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