El contrato de interinidad, tiene como objetivo sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual, o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva, así como para sustituir a trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo, por lo que no te pueden despedir hasta que no se cubra el puesto de trabajo, por la persona a la que se la esta sustituyendo provisionalmente, y menos estando embarazada.. Solamente te podrían despedir, por algún incumplimiento grave de tus obligaciones, o lo que es lo mismo por alguna por alguna causa de indisciplina, por lo demás no te pueden despedir, hasta que no se reincorpore al puesto de trabajo, la persona a la que estas sustituyendo.. Si te despiden antes de su reincorporación estando embarazada, el despido seria declarado nulo.. Por lo tanto si como te e explicado te despiden antes del tiempo establecido en el contrato de trabajo, puedes interponer una demanda por despido nulo, de todas formas te puedes asesorar en un sindicato a en la inspección de trabajo y seguridad social, para que te indiquen el procedimiento a seguir en caso de que se materialice el despido, recuerda que el plazo para interponer la demanda es de 20 dais hábiles que empiezan a contar a partir del día siguiente al de la fecha del despido.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..