Hola, estoy de baja laboral y se me a cumplido el contrato, ¿tengo derecho a seguir cobrando dicha baja?,
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Respuesta de josbian
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josbian, me gustan todos los temas de politica todo lo relacionado con la...
Si cuando estas en situación de IT finaliza el contrato de trabajo o te despiden de la empresa, la entidad gestora (la mutua o el INSS) te va a seguir pagando la incapacidad temporal pero la cuantía de la prestación se modifica porque pasa a ser la equivalente a la de la de prestación por desempleo, y cuando te den el alta medica, dispones de 15 días hábiles para solicitar en el SEPE-INEM, la prestación por desempleo, pero de corresponderte dicha prestación por tener 360 días cotizados al INEM, o por tener pendiente de consumir una prstacion anterior, de los días que te correspondan de la prestación por desempleo te van a descontar, todos los días que hayas permanecido en situación de IT, desde la fecha del despido o finalización del contrato de trabajo hasta la fecha del alta medica, pero si cuando te den el alta medica, en vez de solicitar la prestación por desempleo comienzas a trabajar por 1,2,3, o por POR, meses cuando solicites la prestación por desempleo no te descontaran los días que permaneciste de baja, siempre que cuando vallas a solicitar el paro estés en situación legal de desempleo, es decir que el cese de la actividad laboral se haya producido a instancias del empresario y no porque te hayas marchado tu voluntariamente de la empresa, espero que te haya aclarado algo tus dudas, no se te olvide calificar la respuesta.