Estación de servicio

El Ayuntamiento de mi población ha otorgorgado dos licencias, una de actividad y otra de obras para la construcción de una estación de servicio en una calle principal.La asociación de vecinos creemos que puede haber irregularidades, pero desde el Ayto. Nos responden a cada reclamación :
¿Pueden ser nulos los acuerdos por no haber notificado individualmente a los vecinos el emplazamiento propuesto?-El ayuntamiento dice que al no haberse impedido la intervención de los recurrentes no hay indefensión, por lo que es válido.
-¿Se ha incumplido el régimen de distancias según la RAMINP?-El ayntmto. Dice que la estación de servicio está fuera de esas actividades.
-¿Siendo el terrerno sobre el que se asienta Sistema general Viario es necesaria la calificación de industrial para construir encima?-El Ayto. Dice que estando la estación dentro del sistema general viario de dominio público no impide que sea utilizada para fines coadyuvantes como es la estación de servicio.
-Al haber sida otorgada la licencia de obras sin la previa concesión, ¿no comete irrregularidad?.-Se defienden diciendo que al residir ambas competencias en el propio ayuntamiento no es necesario, y además los documentos de la licencia de obras y el pliego de condiciones son concesiones de "facto"

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Respuesta
Demasiadas preguntas para contestar en tan breve tiempo que tenemos. En principio, parece lo lógico que ante la solicitud de licencia, se haya podido hacer alegaciones por todos los interesados en periodo de exposición pública, otra cosa es que las admitan o no. Si se han hecho alegaciones, se ha solicitado la personación en el procedimiento y no se ha notificado nada, si que se podría recurrir.
De todas formas buscaros un abogado experto en administrativo, y que mire todo el expediente con detalle a ver si ve algún vicio de nulidad o anulabilidad.

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