Comunidad de vecinos

Los vecinos de mi suegra, quieren realizar una obra de reperación en el bloque de pisos, de 18 vecinos. Para ello, cada uno tiene que aportar 6000 euros. Mi suegra, tendría que pedir un préstamo personal, pero es viuda, ama de casa con una pensión de viudedad y un hijo a su cargo. ¿Pueden obligarla a pagar? Sólo es ella la que se niega, y los vecinos le recriminan que tiene que hacerlo. ¿Se puede negar? Y en tal caso ¿Qué podría pasar?

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Hola Amiga:
Sólo existe obligación de pagar las obras pertinentes para la conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble, pero no otro tipo de mejoras. Si se trata de reparaciones, que afecten a ello, si le pueden exigir su parte correspondiente. Y si no hiciera frente al pago, pueden demandarla a través de un monitorio, que es un juicio rapido donde pueden reclamarle también los intereses desde que este se inició. La comunidad, no obstante, en primer lugar ha de echar mano del fondo de reserva de la comunidad, que ha de contar al menos con el 5% del presupuesto anual.
De todas formas, en Junta, se puede llegar a un acuerdo para que tu suegra haga frente al pago de una manera más flexible.
Se me ocurre, como posible solución: si no estuviera muy claro el tipo de reparación de que se pueda tratar el que podéis pedir un informe a un perito para que valore si son necesarias o no realmente esas obras, o como ultima alternativa exponer dicha situación ante el Juez de primer instancia.

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