Legítima de los ascendientes

Tengo entendido que cuando fallece alguien que no tiene hijos heredarían sus padres o de no existir estos los abuelos que aún vivan. Parece ilógico que si el fallecido tiene hermanos, por ejemplo haya una parte que va a personas que por ley de vida van a vivir no muchos años. ¿Se trata de que paaguemos impuestos varias veces o la finalidad es otra que yo no veo? ¿Podría un primo heredar por esta vía (gracias a lo que el abuelo heredó de un hijo) "usurpar lo que propiamente correspondería a un hermano del fallecido?

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En principio es tal y como tienes entendido, no obstante, hay ciertar peculiaridades cuando un abuelo hereda bienes de un nieto y que éste último adquirió de sus padres.
La contestación puede ser extensisima, así que si quieres saber algo más concreto, afina un poco tu pregunta y dime cual es la situación real.

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