"Juez de paz"

Muy Sr. Mío:
Me gustaría si es posible me pudieran aclarar que es un "juez de paz" he visto que en mi municipio está vacante dicha plaza y me han surgido varias preguntas que desconozco.
1º) ¿Cuál es la función de dicho juez de paz?
2º) ¿Qué requisitos se necesitan para optar a dicha plaza?
3º) ¿Esta remunerada esta función?
4º) ¿Qué criterios se siguen para nombrarlo?
5º) ¿Quién o quienes son los responsables de este nombramiento?
Me gustaría me facilitaran cualquier información referida a este tema que consideraran fuera de importancia.

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El Juez de Paz existe en aquellos Ayuntamientos que no son Partido Judicial, es decir, que no tiene Juzgado propio.
Se encarga de tareas judiciales sencillas en el Ayuntamiento en el que tenga su jurisdicción (p. Ej. bodas civiles, pequeños embargos, levantamiento de cadáveres, pruebas testificales, etc.).
En cuanto a la remuneración, requisitos, modo de elección, etc., la propia convocatoria debe especificar todos estos puntos. Habitualmente suele ser remunerado, se suele buscar a la persona con más formación, experiencia, etc., para desarrollar el puesto (aunque hay verdaderos zoquetes por ahí) y la elección creo que depende del propio ayuntamiento.
Una conocida mía ha trabajado como ayudante del juez de paz de un pequeño pueblo de la provincia de Madrid, y comentaba que no daba excesivo trabajo y no estaba mal remunerado, aunque eso sí, cuando tocaba trabajar, era aburridísimo, y te podían despertar a las tres de la mañana porque había habido un homicidio (que, menos mal, era poco frecuente).
Un saludo, y espero haberte sido de utilidad.

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