Reserva de dominio en pro indiviso
Esta pregunta la he planteado en varios foros de Derecho y nadie la ha respondido. A ver si ahora tengo más suerte... En el supuesto de compraventa de un terreno que se adquiere en pro indiviso por dos personas, si uno de ellos paga su mitad y el otro aplaza el pago de su parte...¿es posible que el vendedor mantenga la reserva de dominio sobre la mitad no pagada y pueda aplicar una condición resolutoria (por impago), pasando a ser propietario sólo de esa mitad?... O hay algún problema.
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Respuesta de huecha
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