Árbol comunitario

Soy propietario de un piso de planta baja en Barcelona, que da al Jardín comunitario.
A tan solo 4 metros de la fachada y sus hojas a 2 metros de mi terraza.
El árbol cuando se plantó era pequeño pero ahora ya llega hasta el 2º piso y tapa toda la luz de mi terraza, y comedor.
Yo he pedido en una reunión de la comunidad que el árbol se pode una vez al año, teniendo una negativa de la mayoría.
¿Qué derecho tengo como único perjudicado a que el árbol sea podedo o en su defecto cambiado por otro de menor tamaño?

1 respuesta

Respuesta
1
Lleva el tema a la próxima junta, y si deciden no podarlo, impugna la junta por causarte un perjuicio.
Y que decida el Juez.
Te rogaría que calificaras la respuesta dándola por finalizada para dar opción a otras personas
La reunión de vecinos celebrada ayer decidió por mayoría no podar el árbol, ya que a ellos les gusta su aspecto y no les causa ninguna molestia.
¿Me podrías aclarar a que te refieres exactamente con "impugnar a la junta"?
¿Tengo derecho a su poda ya que impide que entren los rayos del sol en mi terraza y vivienda?
Muchas gracias
Si una decisión de una JUnta de vecinos, causa daños graves a un vecino, se puede impugnar ante el Juzgado en el plazo de 30 días.
Consulta a un abogado de tu ciudad y exponle el caso detalladamente con fotos y documentación y valorará las posibilidades.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas