En el tema de contrato verbal estableces que puede acudir al Juzgado sin abogado y procurador

Buenos días, siento corregirte pero he visto una respuesta tuya que puede llevar a error.
En el tema de contrato verbal estableces que puede acudir al Juzgado sin abogado y procurador siempre que la cuantía del pleito sea inferior a 3000 euros.
La cuantía con la que se puede acudir al Juzgado sin abogado y procurador, es siempre y cuando sea inferior a 900 euros, y no 3000.
Saludos, confirma mi aclaración para evitar posibles errores al respecto.

1 respuesta

Respuesta
1
Tienes toda la razón del mundo, me he confundido con las cuantías del verbal y del ordinario.
Ya que estás, ¿qué tal la experiencia de contestar preguntas? Parece como el turno de oficio o el SOJ pero sin cobrar del Ministerio. Y además si les gusta la respuesta te ponen 5, y si no les gusta la respuesta, te ponen un 3 escaso, en fin, que si no fuera por esta vocación que nos corroe las entrañas, haría oposiciones, dejaría los todoexpertos...

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