Destrucción del patrimonio arqueológico

Hola Blas230, te escribo desde Ibiza, donde la proyección de la famosa carretera, aparte de dejar sin casa a varias familias nos ha regalado la destrucción de varios yacimientos. Bien, mi pregunta es: ¿Puede intervenir el Estado sobre el gobierno de la comunidad en materia de conservación de nuestro patrimonio arqueológico? Por otro lado, ¿existe alguna ley que regule el tema a nivel europeo?. Si no puedes responderme, agradecería el saber dónde puedo informarme sobre esto.
Muchas gracias por tu tiempo. Un Saludo
Respuesta
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Ante todo decirte que he pasado mis vacaciones de semana santa en Ibiza, y he visto esa chapuza que están haciendo, y lo que supone para la isla lo que me parece un abuso, y si además existen expropiaciones para hacerla aún me parece más grave el tema, con lo que dichos vecinos tendrán que luchar a partir de ahora para obtener cuanta más indemnización mejor por la expropiación que van a sufrir.
La Constitución Española CEE, en el apartado 1, número 5, del artículo 148, prevé la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan asumir competencias en materia de carreteras cuyo itinerario transcurra íntegramente en el territorio de la comunidad autónoma, y, de la misma manera, el transporte realizado por este medio. Asimismo, el artículo 149.1.24 CE reserva al Estado la competencia exclusiva sobre obras públicas cuyo interés general o realización afecte a más de una comunidad autónoma y, en el número 13 del mismo apartado y artículo, atribuye al Estado la competencia exclusiva en relación con las bases y con la coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Por otra parte, el artículo 10.5 de la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en la nueva redacción que le dan las leyes orgánicas 9/1994, de 24 de marzo, y 3/1999, de 8 de enero, establece que la comunidad autónoma de las Illes Balears asume la competencia exclusiva en materia de carreteras.
Por el Real Decreto 1527/1984, de 1 de agosto, se transfirieron a la comunidad autónoma de las Illes Balears funciones de la Administración del Estado en materia de carreteras, así como también los medios personales, materiales y presupuestarios necesarios para su ejercicio, competencias que sumió y distribuyó la comunidad autónoma mediante la aprobación del Decreto 87/1984, de 30 de agosto. El 24 de mayo de 1990, el Parlamento de las Illes Balears aprobó la Ley 5/1990, de carreteras.
Con esto decirte que la competencia para actuar en materia de carreteras es total y exclusiva de baleares, con lo que el estado no puede modificar las actuaciones al respecto de las islas.
En materia de patrimonio histórico también tiene competencias exclusivas las islas baleares, pero en materia de patrimonio arqueológico, la competencia es puramente estatal, con lo que el estado podría intervenir, aunque es una cuestión que eno creo que tenga mucha acogida po el estado, porque son intereses contrapuestos, por un lado la creación de una carretera y acogimiento de mayor turismo, y por otro, la destrucción de un patrimonio arqueológico que puede no tener demasiada repercusión estatal o a nivel europeo.
Por otro lado existe una carta a nivel internacional de protección del patrimonio arqueológico, aparece en la siguiente dirección:
http://www.mcu.es/patrimonio/cp/ccr/docs/carta_arqueologica.pdf
Esta protege el patrimonio, pero a la vez delega tanto en el gobierno nacional, como regional, o de las propias comunidades autónomas.
El problema que nos encontramos aquí es con una gran inversión hecha por el Consejo insular, en esa carretera, y por lo tanto un visto bueno del consejo, que difícilmente va a ser atacado por el estado.
La única forma que habría de atacarlo sería a nivel de asociaciones protectoras de dicho patrimonio, y dándole mucha publicidad a dicho movimiento, para conseguir movilizar al estado o a la comunidad internacional, lo que se me antoja poco viable.

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