Impago parte de la cuota de comunidad

Buenos días.
En el caso de un propietario que pagaba la cantidad de 30 euros de cuotas de comunidad de sus vivienda, la comunidad decide dejar de pagar el seguro de la comunidad y el personal de limpieza, por lo que los gastos se reducen, y el propietario en cuestión decide, unilateralmente, pagar solo 20 euros mensuales. Desde entonces deja de acudir a las reuniones. La comunidad le reclama la cantidad impagada( esos 10 euros mensuales), y a pesar de argumentar que con esos 20 euros es suficiente y que no quiere contribuir con los 10 euros restantes al fondo de reserva, es condenado. Paga lo reclamado y sigue pagando los 20 euros.
A día de hoy se le ha retirado el derecho a voto en las reuniones ¿es correcto?. Además, no se le facilita el acceso a las actas y cada vez que quiere hacerlo debe poner demanda. ¿Es correcto?. ¿Existe alguna posib de no rener que pagar ese execso de 10 euros?.
Se acordó hace más de 2 años instalar ascensor y aún no se ha hecho. ¿Cómo hacer para llevar a cabo ese acuerdo?.
Muchas gracias
Respuesta
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Si fue condenado y sigue pagando menos de lo que tiene que pagar de comunidad, se le debe retirar su derecho de voto en las juntas hasta que no pague lo que esté debiendo.
En cuanto a no facilitarle el acceso a las actas no es correcto, ya que todos los vecinos tienen derecho a acceder, pero si no se lo quieren dar no le queda más remedio que demandarlo al juzgado.
No hay ninguna posibilidad de no tener que pagar ese exceso si las cuentas son correctas.
En cuanto al ascensor se puede interponer una demanda ante el juzgado para que eobligue a instalarlo, y ejecute el acuerdo que será firme porque nadie lo ha impugnado en 1 año ante el juzgado, lo que ocurre que es necesario tener un proyecto de obra, aprobado por el ayuntamiento, y realizado por un arquitecto y visado por el colegio de arquitectos, además del correspondiente presupuesto.

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