Buenas tardes

Buenas tardes, desde las islas Canarias (concretamente desde Tenerife) un saludo para Zaragoza y para todos Ustedes. También antes que nada, agradecerles el servicio que prestan a abogados sin demasiada experiencia como es mi caso. Me son de gran utilidad. Sin más preámbulos ahí va la pregunta, intentare explicarme porque el tema es un poco enrevesado.
En un proceso de divorcio se establece un régimen de visitas determinado, pero como el matrimonio ya tenia problemas con anterioridad (malos tratos, acoso hacia la esposa, etc,...) y el padre cada vez se esta volviendo más exigente y duro con las niñas ( de 12 y 10 años) ha llegado a un punto en que estas no quieren ni siquiera ir de visita con el padre, con lo cual este ha denunciado muchas veces a mi cliente. Mis preguntas son:
¿Puedo solicitar en el incidente de modificación de medidas que tengo intención de presentar la suspensión temporal de estas visitas hasta que el incidente se resuelva? ¿Esta previsto legal o jurisprudencialmente? En este momento cuento con un informe psicológico de un psicólogo particular donde se dice que las niñas están sufriendo maltrato psíquico, también un informe del colegio de sus pedagogos afirmando lo mismo y una carta de la niña de 12 años relatando ese infierno con su padre.
Gracias de antemano. Un saludo.

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El que los menores no quieran ver a su padre, sería motivo para exculpar a la madre, lo que pasa es que con el tema que los menores han de tener el referente paterno, los jueces insisten mucho en que se hagan visitas.
Tengo un caso similar de un preso que sale y quiere ver a su hija, y su hija pasa olímpicamente. De momento van a un psicólogo a ver si poco a poco se puede reanudar el régimen de visitas.
Pero el tiempo juega a favor de las menores, porque cada día serán más sensatas y firmes en sus decisiones

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