Periodo maternidad

Mi consulta es relativa a la nueva ley de suspensión contrato por embarazo antes de dar a luz, en mi empresa las charcuteras y carniceras se van del trabajo a las 21 y 23 semanas respectivamente y a mi que soy reponedora tengo que estar hasta las 32 semanas, mi empresa me dice que esa ley no la ponen ellos sino la aseguradora ellos están intentando negociar con ellos que bajen este periodo ya que es inadmisible tantas semanas para este puesto de trabajo, puedo hacer algo contra la aseguradora en caso que me obliguen a estar todo ese tiempo por favor aconséjame algo para orientarme para saber lo que tengo que hacer gracias de antemano y un saludo.

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Eso e suna opción tuya no de la empresa. El art. 46 del Estatuto de los Trabajadores en su punto 4 te dice que son 16 semanas en total y que 6 de ellas deben ser posteriores al parto, por tanto las otras 10 las puedes pedir antes de la fecha prevista.
En todo caso lo normal es pedir la baja médica por por molestias o dolores y después las 16 semanas por maternidad.
Adjunto redacción del ART.46 y un enlace donde puedes ver todos los cambios.
«4. En el supuesto de parto, la suspensión tendrá una duración de dieciséis semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. El período de suspensión se distribuirá a opción de la interesada siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto.
http://www.cgt.es/modules.php?name=News&file=article&sid=3268

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