Competencia desleal

Ante todo gracias de antemano porque sé de buena tinta el esfuerzo y el tiempo que dedicáis a contestar las preguntas. Soy abogado y me gusta mucho participar en los foros. Ayer un compañero me dijo que el hecho de participar en un foro de forma gratuita se podía considerar competencia desleal. Yo no veo la competencia desleal, cuando he contestado a alguien que requería un asesoramiento en el foro lo he hecho siendo abogado colegiado, nunca menospreciando a ningún compañero y diciéndole si requiere una consulta más personal que acuda a un despacho. ¿Dónde está la competencia desleal?. De todas formas me ha quedado la espinita esa y me gustaría que me dijerais algo.

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Entiendo que no existe competencia desleal, ya que no se esta obteniendo ningún lucro con la participación espontánea en un foro.
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Yo no veo competencia desleal, porque simplemente aconsejamos o asesoramos puntualmente sobre determinadas cuestiones de la vida cotidiana. Seria competencia desleal si nosotros por el hecho de estar en un foro o en una comunidad de expertos dirigiéramos a esas personas que nos consultan a nuestros despachos privados y sacáramos un beneficio por ello.
Entonces si yo en el foro le digo que si quiere un asesoramiento más personal se dirija a mi despacho ¿Es competencia desleal? Le estoy ofreciendo un servicio si el quiere
Yo creo que ahí si podrían decir que estamos utilizando el foro para fines personales, aunque seria discutible.
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Coincido, obviamente, con tu opinión. Opino que los actos de competencia desleal son los que la ley regula y parten de una premisa básica: intentar captar mercado a costa de dichos actos.
Dado que aquí nadie intenta captar clientes, ni mucho menos quitárselos a ningún otro compañero, entiendo que no hay "mercantilidad" en la labor que se ejerce en los foros.
Yo, personalmente, me lo tomo como "gimnasia mental" y me permite estar en continuo contacto con todo tipo de casos, más allá de los que llevo en mi despacho (por cierto, que jamás ha venido nadie a contratarme porque le hubiera asesorado aquí).
La Ley de Competencia fija unos requisitos mínimos para que un acto pueda ser calificado de competencia desleal. La Ley exige que sea un acto de mercado idóneo para promover o asegurar la difusión de las prestaciones propias o las de un tercero, es decir, el objeto del acto debe ser un acto mercantil encaminado a la venta de productos o servicios propios. También se incurre en competencia desleal cuando se promueven los de un tercero si el objeto perseguido es menoscabar a ese tercero competidor. Además, la ley exige que dichos actos produzcan o puedan producir efectos sustanciales en el mercado español.
Por otra parte, se establece un listado de prácticas que constituyen competencia desleal, como son los actos de denigración, los actos de comparación, de imitación, actos de explotación de reputación ajena, violación de secretos, inducción a la infracción contractual, actos de engaño al consumidor, de publicidad en especie (regalos, primas, etc.) o la venta a pérdida.
En este caso, supongo que el compañero del que me hablabas considera que la participaciñon en foros como éste cosntituye un caso de dumping, por considerarlo una venta a bajo coste (en este caso coste cero). Sin embargo, el dumping se considera desleal cuando tiene como objeto eliminar a un competidor del mercado, desacreditar la imagen de un producto o servicio competidor, o pueda inducir a error al consumidor acerca del nivel de precio de otros productos o servicios similares.
Al no ser ésta la finalidad de ningún participante en foros (al menos la nuestra no), entiendo que no se puede considerar un acto de competencia desleal, por lo que te animo, compañero, a seguir con tu labor.
Recibe un afectuoso saludo
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Yo tampoco considero que se trate de competencia desleal, dado que el asesoramniento u opinión no implica representar a nadie ni actuar en su nombre. Y efectivamente, cuando las cosas son complejas, se suele decir a la gente que acuda a un despacho. Competencia desleal sería colgar el contacto del despacho y atraer así a los clientes... NAda, dar una opinión "cualificada" no es competencia desleal, de lo contrario no podríamos hablar en este mundo casi de nada...
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Para ser competencia desleal, este trabajo debería ser retribuido (al igual que el del foro que comentas) y como no lo es, sino que es de manera altruista y en el tiempo libre de cada uno, no hay contrato de exclusividad que te pueda impedir en que gastar tu tiempo libre.
Otra cosa sería estar contratado para asesorar vía internet, pero no es el caso.
Por tanto no hay competencia desleal y como abogado lo debes de conocer.

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