Costas de juicio.

Me gustaría saber el plazo del que dispongo para pagar las costas de un juicio perdido en el que he sido condenado a pagar las mismas. Supongo que habrá un tiempo desde el día de la sentencia condenatoria.
Respuesta
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Una vez que te notifiquen la Sentencia tienes 20 días hábiles para pagar las costas del juicio, aunque para ello, además de la Sentencia, tiene que haber un Auto del Juzgado que te diga cuánto son esas costas (Auto de Tasación ede Costas). Si no lo ingresas en ese período (20 días hábiles) la parte contraria solicitará que te embarguen, y además que te cobren intereses y gastos por el retraso.
Espero te haya sido de ayuda, rogándote que valores la respuesta y des por finalizada la consulta.

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