Agresión no tramitada

Buenas tardes. Recibí una agresión en la vía pública por parte de un hombre (un familiar político), a la vez que me insultaba a gritos: puta, loca, gorrina, hija de puta ... Luego me persiguió con la moto profiendo de nuevo esos insultos a gritos. Presenté denuncia en Comisaría, y luego me llegó del Juzgado señalamiento para un juicio de faltas por una falta de injurias, pero han ignorado el asunto de la agresión, si bien ésta fue leve, y así lo indiqué, y no presenté parte médico porque no consideré necesario acudir a urgencias por esa lesión. ¿Qué puedo hacer?, me parece indignante el haber omitido lo referente a la agresión, porque toda agresión no sólo implica un dolor físico para la víctima (que lo hubo), sino una humillación, mayor en este caso porque fue a la vista de varias personas, aunque su comportamiento fue de total indiferencia. No comprendo porqué tanta publicidad de que las mujeres víctimas de violencia de género denuncien si luego se las humilla nuevamente al ignorar su denuncia.
Otra cuestión es que no he podido conseguir testigos, pero de tramitarse la agresión, sí podría aportar como prueba la grabación de la cámara de seguridad de una entidad bancaria que había al lado, si bien me han dicho que tendría que requerirlo el Juzgado.
Gracias. Un saludo.

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Si denunciaste, pero no aportaste un parte de lesiones, difícilmente pueden juzgar al agresor por lesiones, que en todo caso debían ser de poca entidad (no requirieron tratamiento médico), ahora bien sí existió un trato degradante.
En cuanto a los testigos, si no los tienes identificados, no los puedes llamar a juicio. Y en cuanto a las cámaras de seguridad, el juzgado debía haber requerido a la entidad para que aportara las grabaciones, pero dentro del plazo de 72 horas, por lo que no creo que tengan ya la grabación aunque se lo requiera un juzgado.
Lo que si puedes hacer es acudir al juzgado, hacer una declaración, indicando lo ocurrido, por si los hechos son constitutivos de un delito, de forma que dando traslado al fiscal, se pueda suspender el juicio de faltas, e iniciarse un procedimiento abreviado, en ese caso solicita un abogado de oficio o busca uno privado.
Gracias por su respuesta. ¿Es indispensable la intervención de abogado en caso de tramitarse como procedimiento abreviado, o bastaría la intervención del fiscal?. Un saludo.
Pues el fiscal lleva la acusación pública, si tu eres perjudicado puedes ser acusación particular, si es procedimiento abreviado, necesitas abogado y procurador, pero no necesariamente tienes que personarte como acusación.

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