Arrendamiento con opción de compra
Tengo un piso que voy a alquilar. El futuro arrendatario y yo hemos acordado que haremos un contrato de arrendamiento incluyendo un cláusula que haga referencia a la opción de compra. Hemos pensado en poner que la opción de compra se ejercerá una vez pasado el primer año de arrendamiento. ¿Sería legal esa clausula? O bien, ¿hay qué esperar un mínimo período de tiempo más amplio para poder ejercer la opción?. En el hipotético caso de que si pudiese hacerse y llegado el momento, el arrendatario se echase para atrás y no quisiese comprar la vivienda, ¿legalmente podría continuar en el arrendamiento o el hecho de que no cumpliese con la cláusula me legitimaría a mí para poder rescindir el contrato de arrendamiento?
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Respuesta de juanhito
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Respuesta de huecha
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