URGENTE Rescindir contrato compraventa obra nueva

Hola, desde ya gracias por tu tiempo. Hace en noviembre del 2006 compre sobre plano un piso, el esdificio ya esta prácticamente terminado, ¿le he entregado 18000? Iva incluido, me falta el ultimo pago que estimo que me lo pedirán dentro de unos 15 días, dada la situación económica y que los bancos han cambiado su política a la hora de tazar los pisos y los porcentajes de hipoteca antes un 90% y ahora un 70 % no puedo hacer frente a la compra del piso. El contrato pone que si el comprador no pagase alguna de las cantidades previamente acordadas se considerara con una penalización en supuesto de resolución por impago total o parcial o retraso en el pago por parte del comprador el vendedor retendrá en concepto de indemnización alzada (aceptada por las partes) de daños y perjuicios en penalidad la cantidad abonada hasta la fecha con un máximo del 10 % del precio de venta. Mi pregunta quien decide que porcentaje de devolución es la apropiada ya que dice UN MÁXIMO y si eso por ley es legal, dado que ademas todavía yo no he incurido en ninguna mora de pago. Tengo entendido que como máximo es un 50 % de las cantidades entregadas. Por favor me urge. A la espera de su respuesta, agradeciendo de antemano, un saludo.

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Normalmente estas clausulas se incluyen precisamente para proteger a ambas partes y si es legal, en todo caso tienes que considerar que sea hasta un 10% del monto contratado. Yo te sugiero que ante la imposibilidad en que has incurrido por incapacidad de pago, vende los derechos a alguien interesado, a manera de recuperar tu inversión y salir tablas en esta situación... pueda y le ganes algo aun que ese no sería el objetivo. El vendedor ante el cambio de comprador no se ve afectado en nada y los gastos en que se incurran va por cuenta del nuevo comprador. Ofrecelo en el medio de Prensa Escrita de mayor circulación y efectiva para este tipo de transacciones. Abrazos.

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