Foro legal

-Estoy haciendo de intermediario en un foro propio entre gente que quiere hacer trabajos (empresas o autónomo) con otros que los encuentran, Vamos lo más parecido a una empresa multiservicios, pero con la particularidad de que los primeros le dan la comisión integra a los segundos, y yo no gano nada, mis preguntas son las siguientes: ... Yo no se si estas comisiones serán declaradas o no, ¿si fuera así se me puede exigir alguna responsabilidad civil a este respecto? Pues la ley dice que el desconocimiento no exime de la culpa, ¿y a lo mejor se me podría imputar el haber ayudado a que esto ocurra... Como puedo aconsejar a los que reciben las comisiones para estar dentro de la ley?. ¿Si son cantidades pequeñas las tienen que declarar?... ¿Si alguien no recibe su comisión o estafan a un tercero se me puede reclamar penalmente a mi? Aunque no cobro nada tengo pensado aceptar donaciones del que crea que me lo merezco si alguien las hace¡jaja¡,... Como debo actuar para estar dentro de la ley, ¿hay un mínimo para no declararlas?.
-Les doy las gracias por adelantado y ruego me contesten puesto que es una cosa que hago de buena fe y no quisiera que encima me causara problemas

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El hacer de intermediario sin cobrar cantidad alguna es un acto altruista exento de pago de impuestos.
                    El que terceras personas se paguen comisiones entre ellos en las que Vd. no participa es problema de ellos y Hacienda.
                   Lo mismo ocurriría si alguno incumple la obligación de pagar la comisión prometida, (Lo que sería un incumplimiento de obligación de carácter civil -no una estafa- distinción que no es tan sencilla porque el efecto final es el mismo : "me han chuleado los euros". Pero en la estafa es: "chuleo sin yo querer" y en la obligación civil: es "chuleo sabiendo que corría el riesgo de que me chulearan los euros y sin embargo, acepté el riesgo, luego: es mi problema". (Utilizo este lenguaje para ser lo más gráfico posible).
                   Las donaciones que Vd. pueda recibir (ojalá que sean muchas y abundantes) serían unos ingresos a declarar en su declaración anual de la renta si llega al mínimo exigible ( está en 22.000 euros brutos anuales, así que me parecen muchas donaciones las que hacen falta).
Te pido disculpas por haber tardado tanto en pedir esta ultima aclaración, la verdad es que me han quedado muchas dudas aclaradas, y creo que legalmente basándome en tus aclaraciones puedo ayudar, promover e incitar a esta practica y no tener después ninguna responsabilidad siempre y cuando lo haga de manera altruista.las empresas lo pueden ofrecer los usuarios las pueden recibir, y luego cada cual tendrá que apañárselas con hacienda,¿por qué supongo que estos pagos de comisiones no exigen a las empresas a tener contrato alguno con el que las recibe?, y creo que la forma correcta, corrígeme sino, seria que la empresa en particular emitiría una especie de pago en plan factura al que la recibiera y así el podría entregarla a la hora de hacer la declaración.
Yo ya hago la declaración debido a mi hipoteca y con lo que pago normalmente me devuelven, en las donaciones supongo que para hacer que todo sea legal debo justificar de alguna manera de quien proviene que ya te digo que no se si me darán nada, dame tu opinión a este respecto.
Todo esto me preocupa por que ahora tengo un dominio gratis y voy a comprar uno, por lo cual es muy fácil que si algo de esto no fuese legal un día me cojan y me arranquen los pelillos.
Decirte también que aveces son particulares entre si que también hacen esta practica debo prohibirla en el foro
Y por ultimo decirte que espero que algún día podamos charlar, me ha gustado mucho el lenguaje para explicarme la diferencia entre timo y estafa, Muchas gracias y decirte que se lo importante que debe ser tu tiempo y te agradezco que me hayas echo un hueco.
Los pagos efectuados son comisiones esporádicas pagadas a terceros, no exigen el tener un contrato firmado con la empresa aunque el dinero recibido y el pago efectuado hay que declararlo en el IRPF y en el impuesto de sociedades por la empresa.
Hay que decir de quién viene la donación y dar su DNI, porque el donante lo va a declarar. Lo que ocurre es que en cantidades pequeñas, como suelen ser este tipo de entregas de dinero, y por vía prácticamente anónima, los donantes no lo declaran, lo que para Vd. es una ventaja porque no se puede demostrar que ha cobrado ese dinero.
Te doy las gracias y decirte que espero que algún día podamos charlar de nuevo, y yo también soy intento de experto¡jajaja¡Soy técnico de mantenimiento y me tienes aquí para lo que quieras... Un saludo

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