Mi padre ha fallecido y somos tes hermanos y ha dejado un tercio de la herencia a los nietos

Hola y gracias de antemano. Mi duda es la siguiente.
Mi padre ha fallecido y somos tes hermanos. En el testamento pone que el tercio de mejora se lo deja a los nietos, hijos de un hermano mío vivo. Este tercio se puede dejar a los nietos o es sólo para mejorar a los hijos. Pone que a los hijos les deja la leg´tima corta y nombra heredero a mi hermano, padre de los nietos. Que significa que sólo nombre heredero a mi hermano. También deja un legado a favor de este hermano con cargo al tercio de libre disposición.
Muchísimas gracias por su atención.

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La mejora puede ser para hijos o descendientes del causahabiente, por lo que puede dejarla a sus nietos si así lo ha dispuesto.
La herencia se divide en tres partes: la legítima, la mejora, que si no se dispone nada es para los legitimarios (hijos, descendientes, ascendientes y cónyuge por orden de sucesión) y el tercio de libre disposición.
La legítima tiene que dejarla obligatoriamente a sus descendientes, pero puede mejorar a algunos como ha hecho tu padre en los nietos y el tercio de libre disposición es lo que puede dejar a otros, en forma de legados por ejemplo. Que haya constituido a tu hermano como herederos quiere decir que ese tercio de libre disposición es para el salvo el legado que ha señalado que deberá hacerlo efectivo.

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