Incumplimiento de alquiler con opción de compra

Hola, quiero vender mi piso desde hace 2 años, puesto que la venta se hizo imposible firmé un contrato de alquiler con opción de compra con una señal de 10.000 euros. El contrato de alquiler empezará el 1 de Mayo, ¿pero en la firma del contrato de alquiler el futuro inquilino me abonó 5.000? Comprometiendo los otros 5.000 a la entrega de llaves el 1 de Mayo.
Esta semana he recibido una visita de una pareja dispuesta a comprarme el piso ya y a hacer frente del doble de lo que ya me han pagado los (hasta ahora) futuros inquilinos.
Lo del doble es porque así lo establecemos en el contrato, si se niega el vendedor abono el doble de lo que me ha pagado hasta ahora, y si se niega el inquilino pierde todo lo que me ha pagado hasta ahora.
Las preguntas son:
¿Podría tener algún otro problema si acepto pagarle el doble de lo que ya me ha entregado?
¿Dado qué el contrato privado no se ha hecho público de ninguna manera... Puede exigirme alguna obligacióm?
¿Tendría algún problema para venderlo a los interesados?
PD: Que quede claro que entiendo que no es muy correcto hacer esto, pero mi necesidad personal es la de vender y ante esta oportunidad no se que hacer.
Respuesta
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El contrato privado vincula a las partes firmantes, y por lo tanto las obligaciones que se asumieron obligan a ambas.
Si no existe causa de resolución a su favor, en principio no podrá vender a los nuevos interesado. Y si existe podrá resolver con las consecuencias que, supongo, se establecerían.
Mala suerte.
Entonces... si admito que soy yo quien me niego a ejecutar la compra-venta, y admito pagar el doble de lo que me han depositado, que es lo que hemos dejado por escrito como penalización, ¿lo puedo hacer?
Obviamente, si existe esa clausula en el contrato lo podrías hacer, pero deberías hacerlo mediante acta notarial y depositando el importe acordado como penalización, y respetando los plazos establecidos en dicha clausula.

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