Alquiler de piso

Buenas tardes, le agradecería que me ayudase con un problema que me ha surgido.
Alquilé un piso como vivienda durante un año, y a los 5 meses los inquilinos me dijeron que se marchaban y no me opuse, entendí que habían encontrado una vivienda que les gustaba más que en la que yo les tenía alquilado. Llamé a la compañía de electricidad y me comentaron que tenían todos los pagos hechos, por lo que firmamos tanto la parte arrendataria como la parte arrendadora que estaban todos los pagos realizados y que no me debían nada. Al mes siguiente de haber firmado este documento de fin de contrato, me llegó una factura de electricidad de 400 euros y la compañía me comentó que ese era el gasto real de los 5 meses de alquiler que estuvieron mis arrendatarios, que las facturas que habían pagado ellos eran facturas "estimadas". ¿Les puedo reclamar ese gasto, que es suyo, aun habiendo firmado que ya estaban todos los gastos pagados?. Los que fueron mis inquilinos se niegan a pagarme la factura eléctrica y se escudan en que yo firmé que no había ningún gasto pendiente.
Muchísimas gracias.

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Los contratos y las convenciones entre las partes de un contrato deben acogerse a los postulados de la buena fe, si no hubo el pago de una de las facturas, y se anuncio que si se dio, se presume la actuación mal intencionada o culposa de la parte arrendataria, por lo cual, se le debe indemnizar a usted, acuda lo más pronto posible a una instancia judicial, o instaure la conciliación que es más rápida y beneficiosa para usted y su exarrendatario. A la orden.
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1/ Lo de las facturas de 5 meses estimados no puede ser, normalmente por ejemplo en enero factura estimada y en febrerro factura final, en marzo factura estimada y en abril factura final, ¿siempre son meses alternos y porque 5 meses factura estimada?, eso es mucho, si hubieras solicitado la ultima factura para comprobar si los números del contador coincide con la factura o no, ahí puedes saber si los números del contador ha sido revisado o estimado, y aparecerá la fecha de la ultima revisión, si hubieras fijado bien la luz no hubiera pasado nada, supongo que el agua o teléfono habrás revisado bien.
2/ Si has firmado de que los inquilinos han pagado al día es porque has firmado y no puedes reclamar nada.
3/ Si quieres demandar al juzgado puedes hacerlo, pero pase lo que pase ganas o pierdes el juicio, eso lo debe decidir el juez, hay muchos empresarios que engañan y cuando firman ya no se puede demandar, incluso cuando rellenas los datos de accindente de trafico diciendo que la culpa es del otro conductor y cuando firmas ya no se puede hacer nada, hay que hacer las cosas con mucho atento.
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Claro, ya has firmado y eso significa que estas en total acuerdo con que se vayan porque lo tienen todo al día, eso es lo que te puedo decir, lo siento.
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Entiendo que en el contrato de arrendamiento se especificaría que los gastos derivados de suministros serían por cuenta del arrendatario. Si es así, pese al documento de "finiquito" firmado, y acreditando que el periodo de facturación de ese recibo de luz se corresponde con el consumo realizado cuando el inquilino ocupaba la vivienda, puede Vd. realizar una reclamación judicial a través de un procedimiento monitorio, para lo cual no necesita ni abogado ni procurador.

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