Piso sin dueño
En 1998 murió mi padre inesperadamente cuando, estando separado de mi madre quién vivía fuera del hogar familiar, estaba preparando los papeles para el divorcio. En una nota manuscrita nos dejó dicho que el piso se terminó de pagar en 1997 y que al recibir las escrituras por parte del MOPU, las tuvo que entregar al notario que le designó el MOPU, seguramente para gestionar el divorcio. A dicho notario también se le entregó por entonces un testimonio de la sentencia de separación que ya estaba resuelta desde el año 1992, pero mi padre escribió en la nota manuscrita que no le devolvieron las escrituras porque el Convenio Regulador de la separación estaba mal hecho. LA razón de ésto no lo sé. Yo tengo una copia que he podido leer en la que mis padres firman amistosamente la separación con el fallo del juez, las manifestaciones, estipulaciones, antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos. MI padre continua diciendo en la nota manuscrita que iba a esperar la muerte de mi madre y que sólo entonces, según su notario, podría recuperar las escrituras. La sorpresa fue que esperando falleció él, mi madre sigue viva y volvió al piso por acuerdo de los 3 hijos y desde entonces no se ha hecho nada por arreglar los papeles. Se intentó una vez poner todo en orden pero mi madre desconfió de sus tres hijos y sus dos nueras porque creía que queríamos vender el piso y echarla.
Hace unos días, del catastro nos escribieron llamándonos la atención de que el titular del impuesto de la contribución era un difunto por lo que tenemos un mes para regularizar el dato, ya sea con una nota simple, que ya tenemos y que dice que el titular de la vivienda es el instituto nacional de la vivienda, o bien, presentando un acta notarial con la declaración de herederos.
Mi gran pregunta es:¿Tiene esto solución?
Hace unos días, del catastro nos escribieron llamándonos la atención de que el titular del impuesto de la contribución era un difunto por lo que tenemos un mes para regularizar el dato, ya sea con una nota simple, que ya tenemos y que dice que el titular de la vivienda es el instituto nacional de la vivienda, o bien, presentando un acta notarial con la declaración de herederos.
Mi gran pregunta es:¿Tiene esto solución?
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Respuesta de lageli
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