¿Minuta excesiva?

Mi situación es la siguiente, compro una parcela y me engañan como a un chino, me denuncia el verdadero dueño de la parcela, pierdo el juicio me condenan en costas, las pago (se estima el valor del juicio por el valor catastral de la parcela, pago al contrario no llega a los 2000 euros) mi abogado, me pasa una minuta por el valor real de la parcela, es decir una minuta de 8600 euros (yo le hice un pago por el valor aprox, según él me dijo, de lo que me iva acostar el proceso de 2500 euros)no hay nada por escrito, me ha hecho jura de cuentas . No fue lo pactado, pero todo esto fue verbal. ¿Esto es justo? ¿Puede hacer esto? Lo curioso es que éste proceso es del 2007 pero me factura con los baremos del 2009. Alguien me puede decir algo, ¿por favor?.
Él no tiene ningún documento firmado donde acredite qué me costo a mí la parcela, sólo se lo dije verbalmente, tiene un fax, sin firmar que yo le mandé porque como tengo que denunciar al señor que me vendió el terreno, con todos los gastos que todos estos procesos me están llevando

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Una cosa son las costas y otra la que pactase con su abogado ya que los honorarios son libre y no tiene que regirse por baremo alguno ya que el baremo es únicamente para el caso de imposición de costas. Por otra parte, respecto al hecho de que la cuantía a pagar no esté firmada, te recuerdo que los contratos verbales también son válidos.
Ya pero es su palabra contra la mía, ¿y cómo demuestro yo eso?.
Saludos
Si va una jura de cuentas casi seguro que le van a solicitar únicamente los honorarios del año en que se dicto la sentencia.
Me he dejado, según los criterios orientadores del Colegio de abogados.
Pues entonces ha aplicado correctamente los tantos por cientos a facturar .
¿No tienen en cuenta el trabajo efectuado? ¿Sólo se van a basar en la cuantía real? Es curioso que la parte contraría se base en una cuantía procesal y el mío en la cuantía real, eso no lo van a mirar, también mi procuradora basa sus honorarios en la cuantía del proceso.
Saludos
Es que se ha de hacer por el valor real no por el catastral ya que el catastral no es un valor real.

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