Prohibida enajenación
Mi padre ha fallecido hace 4 meses y ha dejado el piso en herencia a su hija (yo) y a sus tres nietos, hijos de mi hermano fallecido, a partes iguales. El usufructo vitalicio es para su segunda esposa que tiene un hijo de un matrimonio anterior.
Ella está tan enfadada porque su hijo no ha sido incluido en el testamento que ha dicho que alquilará el piso para obtener un beneficio.Mi padre en el testamento ha escrito: "usufructo vitalicio sin derecho a enajenación" ¿qué quiere eso decir exactamente? Nosotros somos residentes en Cataluña y por tanto no se si las leyes aquí cambian
Todavía estamos en trámite de arreglar papeles y no he tenido oportunidad de hablar con el notario. Muchas gracias
Tengo otra pregunta muy importante que hacer.
Mis sobrinos, herederos también del piso de su abuelo, residen en Londres y tienen la nacionalidad británica y hasta ahora nadie nos había informado que por ser estrangeros (hijos de padre español y madre británica) necesitan un NIE número de identidad de estrangero y ahora resulta que el consulado tarda entre 1 y 3 meses en concederlo porque los trámites hay que hacerlos en España.
¿Hay alguna otra manera mucho más rápida de obtenerlo? Yo soy su tía y vivo aquí en España (¿Cataluña) hay algo que pueda hacer para ayudarlos y que no nos sangren económicamente?
Muchísimas gracias por adelantado.
Ella está tan enfadada porque su hijo no ha sido incluido en el testamento que ha dicho que alquilará el piso para obtener un beneficio.Mi padre en el testamento ha escrito: "usufructo vitalicio sin derecho a enajenación" ¿qué quiere eso decir exactamente? Nosotros somos residentes en Cataluña y por tanto no se si las leyes aquí cambian
Todavía estamos en trámite de arreglar papeles y no he tenido oportunidad de hablar con el notario. Muchas gracias
Tengo otra pregunta muy importante que hacer.
Mis sobrinos, herederos también del piso de su abuelo, residen en Londres y tienen la nacionalidad británica y hasta ahora nadie nos había informado que por ser estrangeros (hijos de padre español y madre británica) necesitan un NIE número de identidad de estrangero y ahora resulta que el consulado tarda entre 1 y 3 meses en concederlo porque los trámites hay que hacerlos en España.
¿Hay alguna otra manera mucho más rápida de obtenerlo? Yo soy su tía y vivo aquí en España (¿Cataluña) hay algo que pueda hacer para ayudarlos y que no nos sangren económicamente?
Muchísimas gracias por adelantado.
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