Alquiler

Buenos días,
De antemano, muchas gracias por su ayuda.
Le comento, llevo alquilando un piso desde hace casi un año. A la hora de firmar el contrato el propietario nos dio la "grata" sorpresa de enseñarnos unos recibos que pertenecían al ibi de la vivienda y nos dijo que también lo teníamos que pagar. Este es un tema que jamás en ningún momento previo al día de la firma del contrato se nos mencionó. Solo teníamos que pagar 700 euros de alquiler y ya está. Firmamos dichoso día ya que estábamos bastante pillados de manos y pies.
El tema es que el ibi no está dentro de los 700 euros, a el se lo cobran cada seis meses y luego nos pasaría el recibo para que se lo paguemos. ¿Esto es legal? ¿De qué el ibi no esté dentro del alquiler y se pague aparte? La verdad es que no tenemos buena relación ya que hemos tenido bastantes problemas con este señor.
Hace pocos días nos dejó en la puerta un recibo del ibi que el había pagado todo recortado por un lado. Todo un chapuza.
Si nos negamos a pagar el ibi, ¿qué podría pasar?
Espero respuesta.
Saludos.

4 respuestas

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Según el art 20 de la ley de arrendamientos urbanos:
1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.
En edificios en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.
En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.
Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.
Si no consta por escrito no te lo podrá repercutir
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Si en el contrato se dice que usted tiene que abonar el I.B.I., y no lo hace, puede ser desahuciada.
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En el contrato ¿acordasteis pagar el IBI? O tenéis alguna clausula de ¿algún tipo de pagos?, en estos caso como mucho y además tiene que figurar en contrato, es el pago de gastos de la comunidad, por lo demás ni un duro.
Hola, gracias por responder.
Hay una hoja adjunta al contrato que pone que se tiene que pagar el ibi. Y una fotocopia de lo que pago este señor el año anterior...
Lo normal dentro de la cantidad acordada por el alquiler de la casa, los 700 euros tenían que cubrir todos los gastos, pero en este caso que me da la sensación que es un Rata, pues si sería por vuestra cuenta e igual que si habéis hecho contrato por un año, en caso de que a los 6 meses, os quisieseis ir, obligaros a pagar hasta cumplir el año, yo he estado mucho de alquiler por mi tipo de trabajo y te encuentras, desde la persona que cuando le dices que te encuentras en un hotel, te da las llaves sin más, hasta la clásica vieja, que te pide la nomina de la empresa.
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El ibi es un impuesto de la vivienda que tiene que pagar el dueño, es decir, el propietario y no los arrendatarios.
Si no pagáis esos recibos, no os puede pasar nada porque se los reclamarán a él que es el dueño del piso.
Si sigue queriendo cobrar esos recibos, decirle que le vais a denunciar, que vosotros ya pagáis la renta del piso y que en ella va incluido el ibi que él tenga que pagar.
Muchas gracias por responder. El tema es que en el contrato nos pusieron una hoja aparte donde indica que debíamos pagar el ibi.
Saludos.
Según la Ley de Arrendamientos Urbanos el pago de los gastos de la vivienda será por acuerdo entre las partes (artículo 20), pero para ello debe aparecer como una clausula del contrato de alquiler, si va en una hoja aparte deberá estar firmada por ambas partes para que sea legal.

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