Devolución dinero de una cochera

Hola ayer hice una pregunta sobre si debería coger el dinero que había entregado por una cochera que había quedado en suspensión de pagos y le voy a hacer caso a la respuesta de que lo mejor es cogerlo, pero ahora me ha surgido otra pregunta porque he leído en el contrato de compraventa lo siguiente:
Todas las cantidades entregadas por los adquirientes en concepto de entregas a cuenta del precio de la plaza de garaje y trastero serán ingresadas en la entidad bancaria bancaja y queda garantizada su devolución más el 6% de interés anual para el caso de que la construcción no se inicie o termine en los plazos establecidos o no se obtenga la cédula de habitabilidad mediante aval bancario concertado con dicha entidad. En el caso de que se incumpla por parte del vendedor y por el comprador se solicite la devolución de las cantidades entregadas a cuenta más el 6% anual ello supondrá la automáyica resolución del presente contrato de compraventa.
¿Quiere decir eso que cuando me devuelvan el dinero por haber quedado la empresa en suspensión de pagos por no darle el banco dinero para continuar la construcción me tienen que devolver el dinero que yo he entregado más el 6%?
Gracias

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Parece que tienes un aval bancario, entonces la cosa cambia de la respuesta que te dí ayer.
No cambia que si te ofrecen el dinero o seguir, coge el dinero, pero yo hablaría antes con Bancaja que es donde están avalados tus 10.000 E. A ver si está al corriente el aval, no se ha cancelado y si te van a poner muchas dificultades en devolverte el dinero y en que condiciones está, y si también el aval cubre el 6%.
En caso que en Bancaja no pongan muchas pegas, yo dejaría que se cumplieran los plazos de entrega establecidos en el contrato y ejecutaría el aval a Bancaja.

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