¿Debo pagar la reparación de la puerta descolgada?

Vivo en un piso de alquiler que fue construido en 2006. La constructora no se hace responsable de la mala construcción pasados los dos años (eso es lo que nos dice la propietaria). Nosotros lo alquilamos en 2009, y en un año hemos tenido que hacer varias reparaciones de cosas que supuestamente son provocadas por el uso pero que en realidad todos los fontaneros, albañiles, etc nos dicen que son causa de la mala construcción del inmueble.
Ahora se está descolgando la puerta blindada que da a la calle y la dueña quiere que lo paguemos. Normalmente nos ha ido pagando las reparaciones porque le pasa a todos los vecinos y así podemos demostrar que no es sólo una cosa nuestra, sino que el piso es defectuoso en la calidad de los materiales.
La dueña está harta del chorreo porque todos los meses se rompen cosas y quiere que nosotros declaremos que es por el uso ordinario que en un año una puerta se descuelgue, cosa que evidentemente no es así. ¿Estamos obligados a pagarlo?

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Si como dices es un defecto de construcción el responsable es el constructor, arquitecto etc, y por lo tanto no tenéis porque pagarlo, debería ser la propietaria del piso la que le reclamase a la constructora etc, para el arreglo defectuoso de esa puerta, en ningún caso tendréis que decir que es por el uso ordinario, puesto que si la puerta se ha descolgado es por una mala construcción, dado el poco tiempo de uso de la vivienda y por ende el poco tiempo que lleváis alquilando el piso, dile a la propietaria que se lo reclame a quien corresponda pero no a vosotros.
Ante todo muchas gracias por la respuesta tan rápida. Tengo una duda, en caso de que la constructora no se haga responsable como ella nos dice, ¿tiene derecho a exigirnos que lo paguemos?, además, si las cosas siguen rompiéndose a este ritmo ¿cómo podemos demostrar que no se trata del uso sino de la mala construcción? Es que ella nos lo achaca porque dice que la constructora no se lo pagará a ella.
Si la constructora no se hace responsable, es la propietaria la que tendrá que emprender las acciones judiciales contra la misma, no vosotros, y claro esta, no podrá reclamaros a vosotros nada de lo que no sea vuestra responsabilidad, es más fácil intentar cobrar el inquilino, que se gaste el dinero y que demande a la constructora y a quien corresponda pero nunca a vosotros, lo que tenéis que hacer, es ir recopilando toda la información/documentación necesaria de los desperfectos que os van pasando por si acaso le da por reclamaros algo, y si la constructora no se hace responsable, que la demande para que le soluciones los problemas.

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