Mi casero me quiere echar sin motivo ninguno
Mi casero me quiere echar sin motivo ninguno
Mi casero es propietario de la mitad del edificio, y amigo intimo de la otra mitad. Esta es la carta que me ha enviado, acusándome de hacer ruidos hasta altas horas de la madrugada (algo falso, ni tiene una denuncia policial ni la podrá tener pues no lo hago), apoyándose en un supuesto testimonio de vecinos, y en una carta de queja que le va a dar el presidente del edificio, amigo intimo suyo, sin ninguna prueba ni denuncia. Yo creo que sabe que se puede sacar por mi alquiler ahora bastante más dinero que el que le pago todos los meses y quiere que me vaya. ¿Qué puedo hacer? ¿Tengo derecho a quedarme?
Carta:Distinguido arrendatario: El día 3 de los corrientes, estuve en la finca para buscar solución a un asunto de la comunidad a través de la buhardilla y, ciertamente en cuanto a vergüenza no fue el mejor día de mi vida precisamente, el Presidente me llamo la atención por el comportamiento que mantienes en la finca y las molestias que estas produciendo al vecindario, que fueron corroboradas por los vecinos del Cuarto Derecha, Centro e Izquierda al igual que los del Tercero Derecha, y me falta que preguntarle a xxxxx y xxxxxx que no he podido localizar, he sido advertido que en breves días recibiré por escrito esta reclamación en virtud de cuanto determina la vigente Ley de Propiedad Horizontal en su articulo 7.2. Como quiera que la Ley de Arrendamientos Urbanos, que regula nuestras relaciones arrendaticias en su articulo 27.2 e), faculta al arrendador para la resolución del contrato de arrendamiento, "cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas " y nuestro contrato de arrendamiento dispone en su cláusula SÉPTIMA " El arrendatario se somete expresamente a los estatutos y normas que rigen la convivencia en la Comunidad de Propietarios de que forma parte el piso arrendado, y evitara muy especialmente, la emisión de ruidos en horarios no permitidos por la Ordenanza Municipal y que puedan molestar al resto del vecindario ..." así como en su cláusula OCTAVA " El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas precedentes ... Dará derecho al arrendador a incoar el oportuno expediente de resolución de contrato, siendo cuantos gastos ello origine por cuenta y cargo del arrendatario incluidos los de Letrado y Procurador" . Te ruego que en lo que lo que resta de mes busques trasladarte a otro alojamiento y rescindir voluntariamente el contrato, que aunque la Ley me autoriza a exigirte el cumplimiento económico del periodo pactado (un año) yo no lo ejercitaré. Esta solución siempre será más beneficiosa para ti que si presento una demanda, que llevara aparejado, el pago del periodo que falta para su finalización, que la misma hay que hacerla extensiva al avalista, (a la que aun no he comunicado nada hasta que tu te pronuncies) y en la que deberás asumir los gastos de Letrado y Procurador como estipula nuestro contrato. Espero que reflexionando sobre todo lo que expongo, tengas el buen juicio de inclinarte por la situación más beneficiosa, si prefieres que no trasciendan estos hechos, yo lo respetare, salvo en caso de que me vea obligado de la demanda, lo que haré el día 1 de noviembre si antes no lo hemos resuelto.
Mi casero es propietario de la mitad del edificio, y amigo intimo de la otra mitad. Esta es la carta que me ha enviado, acusándome de hacer ruidos hasta altas horas de la madrugada (algo falso, ni tiene una denuncia policial ni la podrá tener pues no lo hago), apoyándose en un supuesto testimonio de vecinos, y en una carta de queja que le va a dar el presidente del edificio, amigo intimo suyo, sin ninguna prueba ni denuncia. Yo creo que sabe que se puede sacar por mi alquiler ahora bastante más dinero que el que le pago todos los meses y quiere que me vaya. ¿Qué puedo hacer? ¿Tengo derecho a quedarme?
Carta:Distinguido arrendatario: El día 3 de los corrientes, estuve en la finca para buscar solución a un asunto de la comunidad a través de la buhardilla y, ciertamente en cuanto a vergüenza no fue el mejor día de mi vida precisamente, el Presidente me llamo la atención por el comportamiento que mantienes en la finca y las molestias que estas produciendo al vecindario, que fueron corroboradas por los vecinos del Cuarto Derecha, Centro e Izquierda al igual que los del Tercero Derecha, y me falta que preguntarle a xxxxx y xxxxxx que no he podido localizar, he sido advertido que en breves días recibiré por escrito esta reclamación en virtud de cuanto determina la vigente Ley de Propiedad Horizontal en su articulo 7.2. Como quiera que la Ley de Arrendamientos Urbanos, que regula nuestras relaciones arrendaticias en su articulo 27.2 e), faculta al arrendador para la resolución del contrato de arrendamiento, "cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas " y nuestro contrato de arrendamiento dispone en su cláusula SÉPTIMA " El arrendatario se somete expresamente a los estatutos y normas que rigen la convivencia en la Comunidad de Propietarios de que forma parte el piso arrendado, y evitara muy especialmente, la emisión de ruidos en horarios no permitidos por la Ordenanza Municipal y que puedan molestar al resto del vecindario ..." así como en su cláusula OCTAVA " El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas precedentes ... Dará derecho al arrendador a incoar el oportuno expediente de resolución de contrato, siendo cuantos gastos ello origine por cuenta y cargo del arrendatario incluidos los de Letrado y Procurador" . Te ruego que en lo que lo que resta de mes busques trasladarte a otro alojamiento y rescindir voluntariamente el contrato, que aunque la Ley me autoriza a exigirte el cumplimiento económico del periodo pactado (un año) yo no lo ejercitaré. Esta solución siempre será más beneficiosa para ti que si presento una demanda, que llevara aparejado, el pago del periodo que falta para su finalización, que la misma hay que hacerla extensiva al avalista, (a la que aun no he comunicado nada hasta que tu te pronuncies) y en la que deberás asumir los gastos de Letrado y Procurador como estipula nuestro contrato. Espero que reflexionando sobre todo lo que expongo, tengas el buen juicio de inclinarte por la situación más beneficiosa, si prefieres que no trasciendan estos hechos, yo lo respetare, salvo en caso de que me vea obligado de la demanda, lo que haré el día 1 de noviembre si antes no lo hemos resuelto.
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Respuesta de farena
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Respuesta de gabirol
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