Accidente con alcoholemia

Buenas, soy novato en esto, y pido perdón de antemano si no me explico muy bien, mi caso es el siguiente, he tenido un accidente, se me fue el coche y golpeé a otro que estaba aparcado y a su vez este golpeó a otro, no hubo ningún accidentado, ni siquiera yo, el caso es que vino la guardia local, me llevó a comisaria y allí me hicieron soplar, primero di 0.92 y en la segunda 0.90, pues bien me han puesto una multa de 500 euros y retirada de 6 puntos, a parte me han dicho que tengo pendiente un juizio penal por lo sucedido, mi pregunta es la siguiente, se que la multa no la tengo que pagar pues al ser un juicio penal la sentencia está por encima, pero me gustaría saber que es lo que me puede pasar, pues no tengo ni idea, y nadia ni la policía ni en el juzgado me dicen nada, querría saber más o menos la multa que me puede caer, aparte de cuantos puntos me quitarán o si me pueden hacer algo más, también me gustaría saber si la reparación de los otros coches tengo que pagarla yo o se hará cargo mi seguro, tengo un terceros completo, muchas gracias de antemano.

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Probablemente se le juzgue por el delito del art 379 CP: 1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
Necesitara por ello de un abogado que si no tiene medios para ello se le designará de oficio
La pena en concreto corresponde determinarla al juzgado, valorando su caso en concreto, yo no puedo anticiparle cual será la cuantía concreta de la multa
Respecto a los daños en los vehículos en un primer momento se hará cargo el seguro, pero si es condenado en juicio probablemente se dirigirá contra usted para reclamar esa indemnización pues entre las clausulas del seguro expresamente se excluye los daños causados bajo los efectos del alcohol
¿Muchas gracias pero solo una pregunta que significa la multa de seis a doce meses? ¿Por cierto es probable que vaya a la cárcel si no tengo antecedentes?
La multa de 6 a 12 meses quiere decir que si es condenado y le imponen esta multa el juzgado fijará su cuantía estableciendo por euros al mes por tantos meses, tanto la cuantía como los meses los fijará el juzgado teniendo en cuenta su situación patrimonial
Con esa pena sin antecedentes no irá a prisión, la pena si se la imponen quedará en suspenso
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En cuanto a las reparaciones, en principio se hará cargo su seguro pero seguramente se lo reclamarán a usted después.
En cuanto a la pena, le impondrán la siguiente (siempre que no tenga antecedentes):
Multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
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Yo te puedo ayudar en el tema del seguro, en el tema de la multa, pregunta a un abogado especialista en multas.
El seguro de tu coche por el seguro obligatorio tiene que pagar a los perjudicados, ya que el seguro obligatorio no tiene exclusión por alcoholemia.
Lo que si que puede hacer la compañía es repercutirte después a ti el sinestro y llevarte al juzgado, lee el condicionado general y particular de tu seguro y verás lo que te pueden reclamar en un siniestro con alcoholemia.
Pero no te preocupes que los contrarios los tiene que pagar.
Que tengas mucha suerte.
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Siento la demora a la hora de responderle, pero un problemilla informático, ya resuelto, no me ha permitido entrar a Todo Expertos hasta hoy.
   Al no haber nada más que daños materiales, lo normal es que ocurra lo siguiente:
   1. Se le retirará el carnet por un plazo no inferior a 6 meses.
   2. ¿Además de los 500? Y de los 6 puntos, el juez le condenará a pagar una cantidad POR diaria durante un determinado tiempo.
   3. Deberá hacer un número de horas en beneficio de su comunidad, que determinará también el juez (en torno a unas 150-200)
   4. El conducir bajo los efectos del alcohol, estupefacientes o sustancias psicotrópicas es una de las exclusiones de la RC Obligatoria, o lo que es lo mismo, deberá pagar Ud. los desperfectos causados a los vehículos implicados, pues su aseguradora queda liberada. Ahora bien, si antes de salir el juicio y ser condenado se viese obligada a hacer algún pago, ese importe se lo reclamarían a Ud. amistosamente primero, y judicialmente después, si se niega. Y aunque parezca una contradicción, es lo mejor que le podría suceder, ya que podría pactar el pago en cómodas cuotas con su compañía (vía amistosa). En la vía judicial, se le embargarían sus bienes, nóminas y cuentas corrientes.
   Espero haberle sido de ayuda.
   Un saludo.
   PD: por favor, no olvide cerrar la pregunta y valorar la respuesta, para que no siga constando como pendiente de resolver.

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